AVISO AL NAVEGANTE
Esta Propuesta a la Convención, que el Movimiento PUEBLO BATLLISTA pone a consideración del Partido Colorado y de la opinión pública para su debate, no es -como podría suponerse- el resultado de la actividad de numerosas comisiones, integradas por destacados técnicos y reconocidos especialistas en cada tema.
Por el contrario, es el resultado de un paciente trabajo de recolección de proposiciones, iniciativas, inquietudes, aspiraciones y sugerencias de simples ciudadanos batllistas. Por supuesto el material recogido fue cuidadosamente evaluado por un grupo multidisciplinario para organizarlo, armonizarlo y determinar la viabilidad de las propuestas.
Finalmente, le correspondió al Dr. Juan Carlos Fon-Amor, la compleja y dificultosa tarea de unificar la redacción y procurar clarificar la misma, para facilitar, en la medida de lo posible, la comprensión del lector.
La Propuesta a la Convención no es un documento cerrado. Está abierta a los aportes de la ciudadanía que contribuyan a ampliarla, mejorarla y perfeccionarla.
Si ella colabora a generar un debate ideológico interno que reafirme las bases del pensamiento batllista, si disimula la omisión en que incurrió el Partido Colorado al no convocar el Congreso Ideológico que le imponía la Carta Orgánica, si sirve para establecer los fundamentos de un proyecto de país ampliamente compartido, a concretar en el corto y mediano plazo, en la humilde satisfacción del deber cumplido tendremos nuestra mejor recompensa.
PROPUESTAS PRIORITARIAS
SEGURIDAD PÚBLICA
1.- ADJUDICACIÓN DE UN DISPOSITIVO GPS A CADA FUNCIONARIO POLICIAL, que permita su inmediata ubicación satelital “on line”.
2.- ENTREGA DE UN CELULAR CON CÁMARA A CADA FUNCIONARIO POLICIAL, que le permita registrar los hechos, antes, durante y después de su actuación, en la medida de lo posible, así como registrar declaraciones de testigos.
3.- PROPORCIONAR A CADA FUNCIONARIO POLICIAL ELEMENTOS DE DISUASIÓN PARA USAR EN CASO DE RIESGO PROPIO O DE TERCEROS, tales como aerosol de pimienta, gas paralizante, vara de shock eléctrico, etc., para su uso en aquellos casos en que la situación no amerite el uso de su arma de reglamento.
4.- PROPORCIONAR A CADA FUNCIONARIO POLICIAL UN ARMA DE REGLAMENTO MODERNA, CON VARIAS CARGAS DE PROYECTILES, PREVIAMENTE PROBADA, la que será revisada trimestralmente para comprobar su correcto funcionamiento, así como su mantenimiento por el poseedor, quien estará obligado a ello, so pena de las sanciones que correspondan en caso de incumplimiento.
5.- PROPORCIONAR CHALECO ANTIBALAS INTERIOR A LOS FUNCIONARIOS QUE ACTÚEN EN LA VÍA PUBLICA, durante el ejercicio de esa tarea.
6.- OTORGAR PREMIOS EN EFECTIVO A LOS FUNCIONARIOS QUE IDENTIFIQUEN Y DETENGAN DELINCUENTES REQUERIDOS O QUE TENGAN ACTUACIÓN HEROICA EN SITUACIONES APREMIANTES, sin perjuicio de las anotaciones laudatorias que correspondan en su foja de servicios y los premios al mérito que se le otorguen.
7.- MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LOS UNIFORMES POLICIALES PARA OTORGARLE LA DEBIDA MARCIALIDAD, que provoque el respeto del ciudadano y genere el orgullo del funcionario.
8.- REUBICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES Y SUS FAMILIAS QUE HABITEN EN ASENTAMIENTOS O ZONAS ROJAS, proporcionándoles garantía para arrendar vivienda en otros barrios, subsidiando , si fuera necesario parte del alquiler, a fin de que puedan desarrollar su actividad sin presiones indebidas de su entorno.
9.- EQUIPAMIENTO MÍNIMO DE TODO MÓVIL POLICIAL con dos rifles de precisión de largo alcance, dos pistolas de repetición con varios cargadores, bombas de humo, bombas de gases lacrimógenos, y sus respectivos lanzadores, pistola de balas de goma y sus municiones, bengalas de posición para emergencias, chalecos antibalas y botiquín completo de primeros auxilios. Uno de cada cinco móviles, al menos, deberá estar provisto de un desfibrilador. El equipamiento se protegerá en un cofre de seguridad empotrado en el chasis del vehículo.
10.- COLOCAR UN POLICÍA DE RONDA CADA CUATRO MANZANAS, de manera que el funcionario se encuentre a tres cuadras como máximo de cualquier incidente que se produzca, o que le permitirá arribar al lugar, aún a pie, en tres minutos aproximadamente. Si se produjeran simultáneamente dos incidentes en su área reclamará apoyo del funcionario de una de las áreas linderas.
11.- REESTRUCTURA DE LAS ESCUELAS DE POLICÍA Y MODIFICACIÓN DE SUS PROGRAMAS DE ESTUDIO, creando Escuelas regionales, propendiendo a que termine habiendo una por Departamento, a fin de facilitar los estudios y fomentar vocaciones locales.
12.- REFORMA DE PROGRAMAS DE ESTUDIO PARA OFICIALES, SUBOFICIALES Y PERSONAL DE TROPA, que extienda la carrera a un mínimo de dos años, aún cuando los estudiantes puedan desempeñar, en carácter de practicantes, funciones luego de aprobar el primer año de estudios. Los cursos mejorarán la preparación operacional, aportarán conocimientos en técnicas de investigación, brindarán conocimientos básicos en tecnologías aplicadas, profundizarán el estudio de la legislación penal, etc.
13.- CONTRATACIÓN DEL SEGURO COLECTIVO INTEGRAL DEL PERSONAL POLICIAL. Este seguro cubrirá al funcionario contra todo riesgo derivado del ejercicio de sus funciones, en especial vida, incapacidad física total o parcial, incapacidad mental, cuadros depresivos o angustiosos, mientras no se superen, etc., etc. Serán beneficiarios el propio funcionario o el familiar a cargo, según el caso.
14.- LIMITAR EL HORARIO DEL FUNCIONARIO QUE CUMPLA SERVICIO 222, a 4 horas como máximo, a fin de permitirle un descanso mínimo razonable.
15.- REFORMA Y AJUSTE DE LA REDACCIÓN DE LOS ARTÍCULOS 16, 17, 75 a 84, 86 a 95, 106, 107, 117 a 129, 132, 133 y 206 a 210 DEL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, sus complementarios, concordantes y conexos que correspondan, a fin de que los menores infractores que cometan delitos graves, mas allá de su condición legal de inimputables, deban ser internados en establecimientos de reeducación, en los que recibirán la instrucción curricular obligatoria y trabajarán en talleres para adquirir una profesión u oficio, siendo sometidos a medidas asegurativas que impidan su fuga.
16.- APLICACIÓN ESTRICTA DEL ARTÍCULO 279 B DEL CÓDIGO PENAL QUE ESTABLECE EL DELITO DE OMISIÓN DE LOS DEBERES DE LA PATRIA POTESTAD, a los padres o madres a cargo de menores infractores reincidentes, aplicando penas o medidas alternativas tendientes a reparar el daño causado por el menor.
17.- TRANSFORMACIÓN DE LA COLONIA BERRO EN UN CENTRO PRODUCTIVO AGROINDUSTRIAL MODELO, que genere oportunidades de trabajo para los menores allí internados, a nivel de sus capacidades y en carácter de sicoterapia laboral, propendiendo al auto abastecimiento alimentario de todo el Instituto, procurando que los eventuales excedentes se comercialicen y su resultado se destine a financiar el mantenimiento y equipamiento de los hogares actuales y futuros Y A CREAR UN FONDO DE AYUDA PARA EL MENOR INTERNADO.
18.- FUNDACIÓN EN EL INTERIOR DEL PAÍS DE OTROS CENTROS PRODUCTIVOS AGROINDUSTRIALES MODELO, para internación de menores infractores, de carácter regional, tendiendo a establecer uno en cada Departamento.
19.- PERMANENTE GESTIÓN EN PROCURA DE LA TRASMISIÓN PATRIMONIAL AL INAU Y A LA DIRECCIÓN DE INSTITUTOS PENALES DE FINCAS O PREDIOS ESTATALES NO UTILIZADOS O SUBUTILIZADOS, para su reforma, adaptación o construcción de nuevos hogares, tanto para menores infractores como para menores en riesgo o abandonados o para afectarlos a establecimientos de detención o penitenciarios especializados para delincuentes.
20.- DESARROLLO PRIORITARIO DE HOGARES FAMILIARES, para integrar en ellos a los menores abandonados o en riesgo.
21.- CREACIÓN DE HOGARES DE ACCESO, DIFERENCIADOS SEGÚN TIPO DE INFRACCIÓN Y ANTECEDENTES DEL MENOR INFRACTOR, procurando evitar el contacto entre primarios absolutos y reincidentes habituales y entre autores de delitos menores y delitos graves.
22.- LEY DE ESPECIFICACIÓN, AMPLIACIÓN, CLASIFICACIÓN Y GRADUACIÓN DE MEDIDAS O PENAS ALTERNATIVAS, aplicables a delincuentes que incurran en delitos de escasa peligrosidad, a fin de facilitar y orientar la labor de los jueces y evitar, en cuanto no sea indispensable, el incremento de la superpoblación carcelaria. Las medidas o penas alternativas, que podrán imponerse a los procesados en sustitución de la prisión preventiva o a los condenados como forma de cumplimiento de la condena impuesta, propenderán a que el inculpado comprenda la gravedad de su conducta delictual y asuma su obligación de reparar los daños causados a la sociedad en general y a la víctima en especial.
23.- PAULATINA ELIMINACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS MASIVOS DE DETENCIÓN Y PENITENCIARIOS, tendiendo a su sustitución por CENTROS reducidos especializados según el carácter y tipo de delito y reincidencia o no del imputado, con un número manejable de internados, custodiados por un cuerpo de guardias penitenciarios, con formación policial, pero que no podrán ejercer dicha función. Los establecimientos contarán con sistemas de vigilancia y detección electrónica, aplicables a internados y visitantes.
24.- CREACIÓN, EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, DE ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS similares a los indicados anteriormente, PROPORCIONADOS A LAS NECESIDADES DE UBICACIÓN DE DELINCUENTES, EN CADA CASO.
25.- APLICAR EFECTIVAMENTE -a todos los menores internados en establecimientos de contención y reeducación y a todos los mayores recluidos en establecimientos de detención o penitenciarios- LAS NORMAS QUE IMPONEN, A TODOS LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA, LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA, hasta aprobar el Ciclo Básico. Se establecerá por Ley, que el incumplimiento de dicha obligación, se sancionará con un día más de contención o de pena por cada día de incumplimiento.
26.- LEY QUE DETERMINE LA OBLIGACIÓN DE REPARAR EL DAÑO CAUSADO A LA SOCIEDAD Y A LA VÍCTIMA, imponiendo, como parte de la pena la obligación de desempeñar actividad remunerada, durante todo el período de reclusión. La retribución que se le asigne por las tareas que cumpla se dividirá en tres partes: una para el resarcimiento de la víctima, hasta igualar el daño avaluado; otra para los familiares en primer grado del procesado o condenado, si fuera necesaria para atender sus necesidades básicas y la tercera se acumulará para serle entregada en el momento de su liberación, de manera que cuente con recursos iniciales con los que pueda subsistir. En caso de que el recluido no tenga familiares o estos no necesiten su aporte, el tercio previsto para ellos se dividirá en dos partes iguales que se imputarán a la víctima y al recluido.
27.- LA LEY DE TRABAJO COMPENSATORIO SANCIONARÁ EL INCUMPLIMIENTO CON UN DÍA MÁS de detención por cada día de incumplimiento. La misma ley establecerá un régimen similar para menores con 14 años cumplidos o mas, sometidos a contención.
28.- ESTABLECER GUARDIA PERIMETRAL OBLIGATORIA, MILITAR O POLICIAL, EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DE SEGURIDAD, ya sean para menores o mayores, sea cual sea la peligrosidad de los internados, a fin de prevenir y evitar la posibilidad de fugas.
29.- TRANSFORMACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE INSTITUTOS PENALES EN SERVICIO DESCENTRALIZADO, DE ALCANCE NACIONAL, que asuma la responsabilidad integral de la gestión de todos los establecimientos de detención o penitenciarios en todo el territorio de la República, estableciendo Direcciones Delegadas de alcance regional o departamental.
30.- REFORMA INTEGRAL DEL PENAL DE LIBERTAD, modernizando su estructura, adecuando un sector para celdas individuales para delincuentes de alta peligrosidad y celdas de aislamiento, desarrollo de otro sector de celdas dobles para internados menos peligrosos, adaptación de una zona para salones de clase para enseñanza primaria y secundaria, establecimiento de talleres de trabajo en diversas ramas de actividad, instalación de una policlínica para atención primaria de los reclusos e internación médica transitoria, incorporación de un pequeño complejo deportivo, explotación integral del predio generando un centro productivo agro industrial intensivo, cuya producción se destinará a alimentación de los propios internados en ese y otros establecimientos y apoyo alimentario para las familias de reclusos con recursos insuficientes para su subsistencia.
31.- DESARROLLO URGENTE DEL HOSPITAL PENITENCIARIO INTEGRAL, el que contará con adecuadas medidas de seguridad internas y externas e instalación de policlínicas de atención primaria en cada establecimiento de detención o penitenciario, que permitan la atención inmediata de los reclusos.
32.- ESTABLECIMIENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN ETICA Y EDUCACIÓN CIUDADANA A NIVEL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y SECUNDARIA Y DE DEONTOLOGÍA Y ÉTICA PROFESIONAL A NIVEL UNIVERSITARIO, dedicados a brindar instrucción sobre el ordenamiento jurídico de la República y promover conceptos morales y valores fundamentales de convivencia, tales como que el derecho de cada uno termina donde comienza el derecho de los otros, que cada derecho otorgado implica -como contrapartida- un deber a cumplir, procurando el ejercicio habitual de principios básicos de honradez, probidad, respeto, tolerancia, solidaridad, trabajo, etc.
33.- REAFIRMAR Y AMPLIAR LAS FACULTADES DE LA ARMADA NACIONAL EN CUANTO A LA VIGILANCIA Y CONTRALOR DE LAS COSTAS DEL PAÍS, adjudicándole la totalidad de las tareas de vigilancia, contralor, salvataje de vidas y embarcaciones, persecución del contrabando, mantenimiento del orden público, etc.
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
1.- LEY DE PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES NETAS DE LAS EMPRESAS, la que fomentará, por la vía de exenciones impositivas u otros medios adecuados, que un porcentaje de las ganancias líquidas, compatible con las necesidades de reserva y reinversión, se distribuya entre los asalariados de cada empresa, en proporción a la antigüedad y productividad de cada uno, creándose COMISIONES DE CONTRALOR, integradas por uno o mas delegados de los trabajadores, elegidos por voto secreto, pudiendo ser reelectos por una sola vez.
2.- LEY DE COLABORACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA GESTIÓN EMPRESARIAL, por la cual se crearán las COMISIONES de colaboración, integradas por delegados de los trabajadores, elegidos entre los mismos por voto secreto, los que durarán un año en sus funciones, pudiendo ser reelectos por una sola vez. Estas Comisiones asesorarán en materia de horarios, turnos, condiciones y sistemas de trabajo, seguridad del trabajador, reglamento interno, etc. propondrán cambios en la estructura funcional de la empresa, sugerirán innovaciones en la producción y propondrán conquistas sociales para el personal tales como cajas gremiales de ahorro y crédito, sistemas de seguro mutuo, etc. cuya administración, previa autorización del Poder Ejecutivo al respecto, podrán tomar a su cargo en forma bilateral.
3.- SEGURO NACIONAL DE TRABAJO que asegure a todo trabajador desocupado el equivalente al salario de no menos de quince jornales mensuales, destinándolo al cumplimiento de tareas productivas, de acuerdo a sus capacidades, conocimientos o especialización, tales como: mantenimiento, reparación, reacondicionamiento y construcción de hospitales, policlínicas, escuelas, liceos y edificios públicos en general, construcción de viviendas de emergencia, explotación de tierras públicas, forestación, reactivación y reciclaje de plantas industriales paralizadas, tareas extraordinarias administrativas, etc.
4.- LEY DE JUBILACIÓN MÍNIMA AUTOMÁTICA por régimen de cómputo presuntivo, asegurando el pago de un adelanto prejubilatorio dentro de los 30 DÍAS del cese efectivo de actividad.
5.- REIMPLANTACIÓN DEL CARNÉ DE TRABAJO, EN FORMATO DIGITAL, CON CARÁCTER GENERAL Y OBLIGATORIO, el cual servirá como CONSTANCIA DE ACTIVIDAD LABORAL, en el cual se establecerán los datos personales y las especificaciones laborales del trabajador y sus modificaciones. El carné referido deberá ser RATIFICADO Y CERTIFICADO mensualmente “on line” por el empleador y se confirmará anualmente por el B.P.S. o por la Caja respectiva con el trabajador, para su registro y reconocimiento de servicios.
6.- SUSTITUCIÓN PAULATINA DE LOS APORTES SOBRE EL SALARIO DESTINADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL POR UN RÉGIMEN IMPOSITIVO SOBRE LA IMPORTACIÓN, PRODUCCIÓN Y/O PRIMERA COMERCIALIZACIÓN DE MATERIAS PRIMAS, que se aplicará por etapas, en primer término a las actividades en que sea de mas fácil aplicación como ser: Industria Gráfica, textil, cuero, confecciones, construcción, agroindustrias, etc.
7.- FIJACIÓN DE LA PASIVIDAD MÍNIMA EN EL EQUIVALENTE DE UN SALARIO MÍNIMO NACIONAL estableciendo que los beneficiarios de mas de una pasividad, que sean menores a ese mínimo, recibirán el mismo por la actualmente mayor y porcentajes decrecientes por las demás.
8.- RÉGIMEN DE REPRESENTACIÓN DIRECTA DE EMPRESARIOS TRABAJADORES Y PASIVOS EN LOS DIRECTORIOS de los Entes Estatales, Paraestatales o privados de la Seguridad Social, los que serán presididos por delegados del Poder Ejecutivo.
9.- LEY QUE CREE EL SISTEMA DE JUBILACIÓN PARCIAL ESCALONADA, que permita al trabajador activo, público o privado, reducir parcialmente su horario y obtener una pasividad equivalente al porcentaje en que lo reduzca. En el horario que deje libre, la empresa podrá tomar o redistribuir otro trabajador, quedando obligado el solicitante de la pasividad parcial a instruirlo para el debido cumplimiento de sus funciones, en el horario al que renuncia.
10.- ESTABLECIMIENTO DE UN RÉGIMEN DE JUBILACIÓN EQUITATIVO E IGUALITARIO PARA TODOS LOS PASIVOS, que asegure una pasividad adecuada al salario en actividad, sin perjuicio del cómputo compensatorio -en la forma que la Ley determine- para los trabajos considerados insalubres o peligrosos.
11.- RESTABLECIMIENTO Y REORGANIZACIÓN DEL CONSEJO CENTRAL DE ASIGNACIONES FAMILIARES COMO ÓRGANO COORDINADOR DEL SISTEMA DE SALARIO FAMILIAR, con representación directa en el mismo de trabajadores y empresarios, el cual propenderá a establecer un régimen de salario familiar progresivo directamente proporcional a la integración del núcleo familiar del atributario.
12.- SEGURO POR MATERNIDAD QUE PERMITA que las madres que acrediten más de 5 años de trabajo previo puedan percibir, en caso de dejar el trabajo, un salario compensatorio hasta que su hijo cumpla 4 años.
13.- FIJACIÓN DE HORARIO DE SEIS HORAS CORRIDAS PARA LA MADRE TRABAJADORA CON HIJOS MENORES DE 5 AÑOS, a fin de asegurarle la posibilidad de la atención directa de los mismos.
14.- FOMENTO DE LA CREACIÓN DE HOGARES DE ANCIANOS Y GUARDERÍAS, a nivel sindical y cooperativo, mediante un régimen de exoneraciones impositivas, líneas crediticias especiales, cesión en comodato de fincas estatales, etc.
15.- LEY ORGÁNICA SINDICAL que asegure la libertad de agremiación de los trabajadores y la democracia interna de los sindicatos, con representación proporcional de las minorías, voto secreto obligatorio para la elección de autoridades y para decisiones que afecten la normalidad del trabajo.
16.- LEY QUE ASEGURE LA EFECTIVA VIGENCIA DEL DERECHO DE HUELGA y evite abusos en el ejercicio del mismo, exigiendo voto secreto, quórum mínimo y mayoría simple de presentes para resolver huelgas o paros que, individualmente o en conjunto, superen las 24 horas de duración.
17.- INSTRUMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE INCORPORACIÓN DE DISCAPACITADOS AL TRABAJO EN LA ACTIVIDAD PRIVADA, exigiendo un porcentaje del 1% en empresas con 10 o más trabajadores, las que estarán obligadas a efectuar convocatorias públicas al respecto, según lo determine la reglamentación que se dicte.
18.- LEY DE FOMENTO Y APOYO AL TRABAJO A DISTANCIA, estableciendo reglas de funcionamiento que protejan los derechos de los trabajadores y aseguren a los empleadores la eficiencia y eficacia de las tareas encomendadas.
19.- POLÍTICA DE PROMOCIÓN, DESARROLLO Y FOMENTO DEL TRABAJADOR AUTOGESTIONARIO, NO DEPENDIENTE, que cumpla con sus tareas en forma autónoma, trabajando para una o varias empresas o emprendimientos, en el local de las mismas o en sede propia, mediante contrato que establezca la retribución y las condiciones de trabajo convenidas, determinando las sanciones en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes.
VIVIENDA
1.- REUBICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES Y SUS FAMILIAS QUE HABITEN EN ASENTAMIENTOS O ZONAS ROJAS, proporcionándoles garantía para arrendar vivienda en otros barrios, subsidiando, si fuera necesario parte del alquiler, a fin de que puedan desarrollar su actividad sin presiones indebidas de su entorno.
2.- LEY QUE FACILITE LA TRANSFORMACIÓN DE LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDA AL RÉGIMEN DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL, facultando dicha transformación cuando el 51% de los cooperativistas así lo resuelvan, en votación secreta especialmente convocada al efecto, que podrá solicitar un número de cooperativistas no menor del 20% de los integrantes de la misma.
3.- CAPITALIZACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAS MEDIANTE EL REINTEGRO COMO RECURSO DEL MISMO DE UN PORCENTAJE DEL IMPUESTO A LOS INGRESOS ELEVADOS, a crearse en sustitución del IRPF.
4.- PRIORIDAD ABSOLUTA PARA LA TERMINACIÓN DE VIVIENDAS YA INICIADAS, para atender las necesidades de la población de medio-bajos y bajos recursos.
5.- PLAN NACIONAL DE VIVIENDAS DE EMERGENCIA PARA sustituir viviendas insalubres de cantegriles y asentamientos, estudiando la aplicación de sistemas de arquitectura ecológica y/o pre-fabricación, modulando las unidades, abaratando costos, destinando a los obreros de la construcción amparados al Seguro Nacional de Trabajo para el suministro de mano de obra conjunta a la de los propios beneficiarios, etc. Las viviendas del Plan de Emergencia podrán venderse o arrendarse a los habitantes, por un porcentaje de los ingresos del núcleo habitacional.
6.- MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE REAJUSTE DE LOS PRÉSTAMOS DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY el cual se efectuará tomando como base el ÍNDICE DE AUMENTO DE SALARIOS durante los 12 meses anteriores al reajuste, con ponderación periódica de los saldos, para mantener el valor permanente de la moneda, limitando el monto actualizado del préstamo al 75% del valor venal del inmueble.
7.- EXPROPIACIÓN POR EL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY DE LAS ESTRUCTURAS INCONCLUSAS INICIADAS POR PROMOTORES PRIVADOS; los que una vez intimados al efecto no estén en condiciones de reiniciar las obras y terminarlas en el plazo técnicamente acotado que se le conceda, en cuyo caso se procederá a la terminación de las mismas por cuenta del Banco expropiante, readecuando los planos y memorias para adaptarlos de acuerdo a las posibilidades técnicas a categorías medias y bajas, para su posterior venta y resarcimiento del saldo resultante, si lo hubiera, al Banco por su inversión.
8.- RÉGIMEN DE PRÉSTAMOS ESPECIALES PARA INQUILINOS A FIN DE ADQUIRIR LAS VIVIENDAS QUE OCUPAN por el cual se les concederá hasta el 80% del valor de tasación, con plazo máximo de 30 años y límite máximo de 3.000 U.R. pagadero con el equivalente del monto del alquiler vigente a la fecha del préstamo o el 25% de los ingresos del núcleo habitacional si fuere mayor, sujeto a los reajustes legales.
9.- APOYO A LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y COOPERATIVAS DE VIVIENDA POR AYUDA MUTUA, CON ACELERACIÓN DE LOS TRÁMITES DE APROBACIÓN, a quienes se le otorgará la personería jurídica previa aprobación por el B.H.U. de la factibilidad del plan de construcción previsto.
10.- FOMENTO DE LAS SOCIEDADES CIVILES, para la construcción de viviendas de propiedad horizontal, por régimen de ADMINISTRACIÓN, a las que se otorgará la personería jurídica previa aprobación por el B.H.U. de la factibilidad del plan de construcciones propuesto y se les dará facilidades especiales para la adquisición y terminación de estructuras paralizadas por promotores privados, siempre y cuando adapten los planos y memorias a las exigencias establecidas para las categorías media y baja.
11.- PRÉSTAMOS ESPECIALES, INDIVIDUALES O COLECTIVOS PARA RECICLAJE O REACONDICIONAMIENTO DE EDIFICIOS DETERIORADOS, respetando, cuando corresponda, sus valores arquitectónicos originales, concediendo hasta el 75% del valor de tasación del proyecto terminado, en régimen de cuotas adecuadas al avance de obra, con límite máximo de 1.000 U.R. por cada unidad habitacional resultante, reajuste según el índice de aumento de salarios, plazo máximo de 20 años e interés del 12% anual.
12.- PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS MODESTAS, EN ZONAS SUBURBANAS Y RURALES DEL INTERIOR DEL PAÍS, que se entregarán en arriendo, a bajo precio o CONCESIÓN GRATUITA transitoria, a núcleos familiares de bajos o nulos ingresos, a fin de contribuir a erradicar “rancheríos” y “cantegriles” o asentamientos, favoreciendo la radicación de pobladores en el Interior, preferentemente en su Departamento de origen, coordinando este programa con el plan de apoyo a industrias artesanales, a nivel cooperativo o familiar, a efectos de proporcionar medios de subsistencia normal a sus pobladores.
13.- EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA LOS FONDOS QUE INVIERTAN LOS TITULARES DE ESTABLECIMIENTOS RURALES, EN LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS MODESTAS, de acuerdo a las normas mínimas que se establezcan, para proporcionarlas, con carácter gratuito, a sus asalariados no jerárquicos, para habitación de los mismos y sus familias.
14.- MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ALQUILERES, ESTABLECIENDO QUE EL REAJUSTE DE LOS MISMOS SE HARÁ DE ACUERDO A LA VARIACIÓN DEL ÍNDICE DE SALARIOS en los 12 meses anteriores al reajuste.
15.- MODIFICACIÓN DEL REAJUSTE DE ALQUILERES, PARA LOS LOCALES DESTINADOS A COMERCIO O INDUSTRIA, mediante un coeficiente equivalente a la variación del ÍNDICE DE PRECIOS de su principal rubro de actividad, en los 12 meses anteriores al reajuste.
16.- RÉGIMEN DE REVISIÓN JUDICIAL DE LA APLICACIÓN DE LOS ÍNDICES DE REAJUSTE DE ALQUILERES, cuando de la referida aplicación resulten valores inadecuados, en atención a la calidad y/o condiciones del bien arrendado, con carácter no suspensivo y condena preceptiva a las máximas sanciones procesales, cuando la acción de revisión sea promovida sin el debido fundamento, a juicio del sentenciante. La acción de revisión podrá ser, asimismo, promovida por el arrendatario del local con destino a comercio o industria, cuando por el incremento del índice de precios en su actividad u otras razones fuera de su control, se haya producido una merma notoria de ingresos por ventas a nivel del ramo en que trabaja.
17.- INCORPORACIÓN A LA LEY DE ALQUILERES DEL DERECHO DE “COMPENSACIÓN POR LLAVE”, A FAVOR DE LOS ARRENDATARIOS BUENOS PAGADORES DE LOCALES CON DESTINO COMERCIAL O INDUSTRIAL, que fueren desalojados y luego se instale, en el local que ocupaban, comercio o industria del mismo o similar ramo, la que deberá ser abonada por el titular del nuevo establecimiento.
18.- INSTRUMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE COLABORACIÓN, ENTRE EL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY, EL PODER EJECUTIVO, LAS INTENDENCIAS MUNICIPALES Y LOS ENTES AUTÓNOMOS Y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS, para la construcción de viviendas para funcionarios públicos.
19.- INSTRUMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE PARTICIPACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Y DEL CONSEJO DE ENSEÑANZA TÉCNICO PROFESIONAL, a través de las Facultades de Ingeniería y Arquitectura y de las Escuelas de la Construcción respectivamente, en los Planes de Vivienda, a nivel de asesoramiento técnico por docentes y egresados y práctica de los estudiantes.
20.- EMISIÓN DE LA TARJETA DE CRÉDITO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY PARA PARTICULARES, por la cual se concederá al beneficiario una línea de crédito equivalente a cuatro sueldos o cien jornales, con límite máximo de 100 U.R. que sólo lo habilitará para compra de materiales de construcción o pago de mano de obra contratada, para pequeñas reformas, reparaciones o mantenimiento de bienes inmuebles.
21.- CENSO NACIONAL DE HABITANTES DE ASENTAMIENTOS QUE SE LE ENCOMENDARÁ A LA COMISIÓN NACIONAL Y COMISIONES DEPARTAMENTALES DE CENSO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA, a fin de determinar la estructura familiar y medios de vida de los referidos habitantes, de manera de poder seleccionar a quienes cuenten con ingresos que le permitan arrendar viviendas modestas en barrios que cuenten con los servicios urbanos indispensables, sirviendo el Estado de garantía de tales arrendamientos.
EDUCACIÓN Y CULTURA
1.- DEFENSA Y REAFIRMACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LAICIDAD, GRATUIDAD Y OBLIGATORIEDAD DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA.
2.- EFECTIVA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE GRATUIDAD A NIVEL PRIMARIO, SECUNDARIO y en lo posible UNIVERSITARIO, mediante concesión en préstamo de textos y materiales de estudio a los alumnos que no puedan adquirirlos, edición de textos por el Estado a bajo costo, fomento de las cooperativas estudiantiles, exoneraciones impositivas y demás medidas tendientes a producir una sustancial rebaja de precios en dichos artículos.
3.- REFORMA DE LA NUEVA LEY DE ENSEÑANZA, a fin de eliminar aquellas disposiciones que puedan afectar la libertad de cátedra o motivar discriminaciones por razones ideológicas, políticas, religiosas o de otro tipo. Las reformas que se introduzcan procurarán evitar toda clase de proselitismo en la Enseñanza, fomentando, además, la adecuada coordinación de los diversos Entes y la debida supervisión sobre la Enseñanza Privada y establecerán la representación docente en los Consejos respectivos. Los delegados serán elegidos directamente por voto secreto, entre docentes que alcancen el nivel de excelencia en sus calificaciones.
4.- JERARQUIZACIÓN DE LA FUNCIÓN DOCENTE, exigiendo que el ingreso y el ascenso en la misma se realicen exclusivamente por concurso de oposición y méritos y/o solamente de méritos en casos de notoria capacitación y relevancia en la materia; se establecerá que todos los docentes en ejercicio, que hayan sido nombrados por cualquier forma de designación directa -salvo los que tengan calificaciones muy altas durante su desempeño- deberán someterse a concurso en el plazo de un año, a fin de poder continuar en su función.
5.- REFORMA INTEGRAL DE LA ENSEÑANZA A TODOS LOS NIVELES, procurando la modernización y adecuación de los programas a las necesidades actuales y futuras de los educandos y la coordinación de los mismos en los diversos niveles, con participación directa, en carácter de asesoría, de los cuadros docentes en la elaboración y planificación de las normas a introducir. Aprobada la reforma se concederá un plazo prudencial para la información, instrucción y compenetración de los docentes con las características y finalidades de la misma, a fin de ponerla en práctica en forma eficiente.
6.- MANTENER UNA POLÍTICA DE INCREMENTO RACIONAL DE LOS PRESUPUESTOS DE LA ENSEÑANZA PÚBLICA, de acuerdo a las necesidades efectivas de cada Ente y las posibilidades nacionales, concediéndole importancia prioritaria en la distribución de rubros y creando, al efecto, un impuesto de EDUCACIÓN PÚBLICA expresamente destinado a los Entes respectivos, exigiendo mejora de la calidad del servicio e imponiendo los controles indispensables para el cumplimiento de las metas que se fijen.
7.- DEFENSA DEL LIBRE INGRESO A LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA, no admitiendo traba o limitación alguna, procurando orientar a los estudiantes mediante becas, estímulos u otras facilidades hacia carreras de interés nacional. Se destinarán recursos extraordinarios -si fuera indispensable- para solucionar los problemas existentes en materia de capacidad locativa, equipamiento técnico, déficit de personal docente, rubros para investigación, etc. A esos efectos -entre otras medidas- se planificará e instrumentará debidamente la obtención de créditos y/o donaciones a nivel nacional e internacional, procurando la colaboración de fundaciones y empresas públicas o privadas.
8.- APOYO A LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN LOS ASPECTOS TÉCNICOS Y DE INVESTIGACIÓN, a cuyos efectos se le destinarán recursos globales para que los distribuya en la forma que estime conveniente, sin perjuicio de la debida supervisión del Gobierno y la exigencia, como contrapartida, de mejora permanente de calidad de los resultados.
9.- REFORMA Y ADECUACIÓN A LAS ACTUALES CIRCUNSTANCIAS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD que mantenga el principio fundamental del GOBIERNO UNIVERSITARIO a cargo de DOCENTES, EGRESADOS Y ESTUDIANTES, en forma directa, en las proporciones que determine la Ley. Se procurará modernizar los procedimientos, acelerar la toma de decisiones, fomentar la investigación, descentralizar la gestión y propulsar el concepto de educación permanente.
10.- PLAN INTEGRAL DE INCREMENTO Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES EN LAS ESCUELAS, LICEOS Y CENTROS DE ESTUDIO DEL CONSEJO DE ENSEÑANZA TÉCNICO PROFESIONAL, (coros, grupos de teatro, orquestas sinfónica y popular, cursos de dibujo, artes plásticas y aplicadas, artesanías, innovación, deportes, etc.) a fin de que se constituyan en polos de difusión cultural a nivel zonal o regional en su caso.
11.- DESARROLLO PRIORITARIO DE CURSOS DE ENSEÑANZA DE JUEGOS TÁCTICOS COMO DAMAS O EN ESPECIAL AJEDREZ, a nivel de educación primaria y secundaria, a fin de fomentar el razonamiento lógico y la concentración en los alumnos y trasmitirles valores tales como el respeto, la consideración por el adversario, la tolerancia, la paciencia, la admisión del propio error, etc.
12.- CURSOS INTENSIVOS DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS ENTRE LAS ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES, A NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO, a fin de permitir grupos menores de alumnos especialmente interesados que permita el máximo aprovechamiento. A tales efectos se crearán Institutos zonales, para atender los grupos que se creen de las escuelas y los liceos de la zona respectiva.
13.- PLAN NACIONAL DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE ALTO RENDIMIENTO a fin de facilitar su especialización en carreras técnicas o universitarias de interés nacional y su perfeccionamiento en el extranjero cuando fuere necesario, fomentando la financiación a nivel privado al efecto y estableciendo los mecanismos adecuados para que su especialización revierta en beneficio del país.
14.- DESARROLLO Y APROVECHAMIENTO DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN, con especial atención al uso de Internet, a efectos de incrementar las posibilidades de educación a distancia y difusión cultural a nivel popular.
15.- CREACIÓN DE CURSOS ESPECIALES A NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO de principios básicos de INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN, a fin de ampliar y desarrollar el máximo aprovechamiento por docentes y estudiantes del promocionado Plan C.E.I.B.A.L. El criterio de adjudicación de las computadoras se modificará, entregándolas en préstamo a los alumnos por el año lectivo, responsabilizándolos de su cuidado y mantenimiento, otorgándolas en propiedad en carácter de estímulo a los alumnos que superen un promedio de calificaciones que se determine.
16.- DESARROLLO EFECTIVO DE CURSOS NOCTURNOS EN ENSEÑANZA PRIMARIA, SECUNDARIA, TÉCNICA, NORMAL Y UNIVERSITARIA a fin de permitir el acceso a la educación a todos los habitantes del país y propender al progreso cultural e intelectual de los trabajadores.
17.- POLÍTICA DE ESTÍMULO AL RETORNO DE CIENTÍFICOS, TÉCNICOS, ARTISTAS E INTELECTUALES URUGUAYOS radicados en el exterior, ofreciéndoles cargos docentes y/o de investigación en instituciones oficiales y empresas privadas, cuya colaboración se requerirá al efecto, con retribución adecuada, facilidades de alojamiento, exoneraciones aduaneras para la introducción de sus bienes personales y beneficios impositivos especiales por un plazo de cinco años.
18.- FUNDACIÓN DEL INSTITUTO CENTRAL DE DOCENCIA UNIVERSITARIA, dependiente de la Facultad de Ciencias de la Educación, que otorgará la licenciatura en Ciencias de la Educación Universitaria, siendo obligatorio cursar la misma para acceder a cargos de Profesor Titular a nivel universitario en el futuro.
19.- FUNDACIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO DESCENTRALIZADO, en coordinación con el Consejo de Enseñanza Técnico Profesional, con Facultades, Centros de Enseñanza, Talleres y Escuelas estratégicamente distribuidos en el territorio nacional, para el desarrollo de carreras técnicas, a nivel universitario, que sean de interés nacional.
20.- REESTRUCTURA DEL INSTITUTO NACIONAL DE DISEÑO Y ARTES APLICADAS, a efectos de mejorar y perfeccionar la producción nacional, en sus más diversos rubros y facilitar la colocación de nuestros productos en los más exigentes mercados internacionales.
21.- FUNDACIÓN DEL CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN VOCACIONAL para asesorar a los educandos, desde el nivel primario, sugiriendo se orienten hacia los estudios que sean mas adecuados a su capacidad y condiciones naturales, mediante, entrevistas, test sicológicos, pruebas técnicas, etc.
22.- CREACIÓN DEL CENTRO DE ESTUDIOS ENERGÉTICOS en la órbita de la Universidad de la República, con financiación a través de ANCAP y U.T.E., así como con la colaboración técnica de ambos entes y del Ministerio de Industrias y Energía, para el estudio y desarrollo de fuentes energéticas alternativas nacionales, fundamentalmente aquellas basadas en recursos renovables, a fin de lograr la mayor independencia nacional posible en la materia. El Centro de Estudios Energéticos dedicará una División especialmente al estudio del hidrógeno como posible fuente de energía renovable y sus eventuales aplicaciones prácticas.
23.- LEY DE PROTECCIÓN AL ARTISTA, AL INTÉRPRETE Y AL ACTOR NACIONAL a fin de fomentar el desarrollo de una política cultural, que ofrezca para los mismos oportunidades efectivas de perfeccionamiento y difusión interna e internacional de su obra.
24.- CREACIÓN DEL SERVICIO UNIVERSITARIO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PROFESIONAL, estableciendo la obligación, para los recién egresados, de ejercicio profesional durante un plazo determinado, en los lugares que sea necesario por razones de utilidad pública, previéndose los estímulos pertinentes para la eficacia del sistema.
25.- CONSERVACIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO, HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA REPÚBLICA, evitando la destrucción del patrimonio edilicio, fomentando la reconstrucción y reciclaje del mismo para su uso práctico, evitando la venta al extranjero del patrimonio artístico y cultural, destinando fondos a la adquisición de los que se ofertaren y a la repatriación de obras fundamentales radicadas en el exterior.
26.- DESARROLLO DE CURSOS DE EDUCACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA A NIVEL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y SECUNDARIA Y DE DEONTOLOGÍA Y ÉTICA PROFESIONAL A NIVEL UNIVERSITARIO, dedicados a brindar instrucción sobre el ordenamiento jurídico de la República y promover conceptos morales y valores fundamentales de convivencia, tales como que el derecho de cada uno termina donde comienza el derecho de los otros, que cada derecho otorgado implica -como contrapartida- un deber a cumplir, procurando el ejercicio habitual de principios básicos de honradez, probidad, respeto, tolerancia, solidaridad, trabajo, etc.
27.- ESTABLECIMIENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN ÉTICA Y EDUCACIÓN CIUDADANA A NIVEL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y SECUNDARIA Y DE DEONTOLOGÍA Y ÉTICA PROFESIONAL A NIVEL UNIVERSITARIO, dedicados a brindar instrucción sobre el ordenamiento jurídico de la República y promover conceptos morales y valores fundamentales de convivencia, tales como que el derecho de cada uno termina donde comienza el derecho de los otros, que cada derecho otorgado implica -como contrapartida- un deber a cumplir, procurando el ejercicio habitual de principios básicos de honradez, probidad, respeto, tolerancia, solidaridad, trabajo, etc.
PROPUESTAS GENERALES
AGROPECUARIA
1.- REFINANCIACIÓN, EN UN PLAZO ADECUADO, DE LAS DEUDAS FINANCIERAS, FISCALES Y COMERCIALES DE LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS, posteriores al 30 de junio de 2008, que justifiquen debidamente su imposibilidad de pago por causas naturales u otras que no les sean imputables, mediante líneas de crédito otorgadas por el Banco de la República O. del Uruguay, con interés adecuado a la rentabilidad de la producción y reajuste de capital de acuerdo al incremento promedio de los precios agropecuarios a nivel nacional e internacional, durante el plazo del préstamo.
2.- LEY DE REESTRUCTURACIÓN Y REVITALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN Y DESARROLLO AGROPECUARIO disponiendo que la dirección del mismo estará a cargo de un Director designado por el Poder Ejecutivo, el que actuará con una Comisión Asesora integrada por delegados de los organismos públicos competentes y representantes de los sectores interesados; disponiendo su capitalización mediante un impuesto progresivo a la tierra subexplotada cuyo producido será exclusivamente destinado al Instituto, sin perjuicio de los demás recursos que la Ley establezca.
3.- LIMITACIÓN DE LA CONCENTRACIÓN DE TIERRAS, POR MEDIO DE UN IMPUESTO ADICIONAL, aplicable a toda persona física o jurídica que explote, en una o mas parcelas, contiguas o separadas, una extensión superior al número de UNIDADES DE PRODUCCIÓN MEDIA que se estimen indispensables para un resultado redituable, de acuerdo a las características de cada zona del país. Este impuesto podrá atenuarse proporcionalmente en el caso de que el conjunto de la explotación supere en un 10% como mínimo, los rendimientos considerados óptimos en el tipo de explotación y zona que se trate.
4.- DETERMINACIÓN DE LA UNIDAD BÁSICA DE EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA, que se fijará en UNA UNIDAD DE PRODUCCIÓN MEDIA, a fin de desestimular el minifundio, propendiendo a que los titulares de predios menores se integren en cooperativas de explotación y producción agropecuaria, cuyos miembros alcancen en conjunto dicha extensión mínima, a fin de permitir una explotación racional y rentable EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.
5.- PLAN NACIONAL DE RADICACIÓN DE COLONOS Y FOMENTO DE LAS COOPERATIVAS AGROPECUARIAS, mediante líneas especiales de crédito, tendientes a facilitar la construcción de mejoras, desarrollo de infraestructura de producción, adquisición de equipamiento básico, etc. Asimismo se brindará asesoramiento técnico gratuito, a través de los servicios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y de la Universidad de la República. También se concederán exoneraciones impositivas en la adquisición de insumos, en la exportación de sus productos, etc.; se otorgarán reintegros especiales para los productos exportados que se aplicarán a la cancelación de los créditos concedidos; se hará el primer suministro de semilla certificada con carácter gratuito y demás medidas que se estimen convenientes.
6.- FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN LECHERA, FRUTÍCOLA Y GRANJERA, mediante su integración preferencial al plan de desarrollo de cooperativas agroindustriales, otorgando créditos y facilidades especiales para la adquisición y/o construcción de plantas elaboradoras, depósitos, cámaras frigoríficas, equipos de distribución, etc. Se les concederá, además, preferencia en la promoción internacional de su producción, a través de las oficinas comerciales del país, para facilitar sus exportaciones.
7.- REFORMA, REGLAMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LA LEY DE COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES a fin de viabilizar la aplicación efectiva e inmediata de la misma.
8.- FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN CABAÑERA Y DE LOS ENSAYOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y PECUARIA INTENSIVA, mediante apoyo financiero a plazo medio y bajo interés y asesoramiento técnico gratuito, a través de los servicios especializados del Ministerio respectivo, de la Universidad de la República y del Consejo de Enseñanza Técnico Profesional .
9.- LEY DE PROMOCIÓN DE LAS COOPERATIVAS RURALES DE AHORRO Y CRÉDITO, brindando apoyo técnico para la organización de las mismas, a través del B.R.O.U. y otorgando colaboración material para su instalación y puesta en funcionamiento.
10.- CREACIÓN DE CENTROS REGIONALES DE PRODUCCIÓN HORTÍCOLA, FRUTÍCOLA, GRANJERA, AVÍCOLA Y APÍCOLA, estratégicamente ubicados en el Interior del país, destinados prioritariamente al abastecimiento de uno o varios centros poblados de la zona, instalándose asimismo MERCADOS ZONALES para el acopio y distribución de tales productos.
11.- PLAN NACIONAL DE REFORESTACIÓN INTEGRAL aplicable, en primer lugar, a las tierras públicas apropiadas, donde el Estado procederá, directamente o por concesión, a la plantación preferencial de maderas nobles y/o especies autóctonas, de interés nacional, rendimiento a largo plazo, de acuerdo a las características de cada zona.
12.- APOYO A LA INICIATIVA PRIVADA QUE PROCURE LA PLANTACIÓN DE MADERAS NOBLES DESTINADAS A SU INDUSTRIALIZACIÓN INTEGRAL EN EL PAÍS, manteniendo y ampliando las exenciones impositivas vigentes y brindando asesoramiento técnico para la plantación y desarrollo, a través del Ministerio respectivo con la colaboración de la Facultad de Agronomía, tan solo en aquellos terrenos que, por las características del suelo, resulten no aprovechables para ganadería o agricultura.
13.- DESARROLLO DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN DEL PRODUCTOR AGROPECUARIO, a través del Ministerio del ramo, de la Universidad de la República y de las Universidades privadas que se integren, para facilitarle la decisión sobre la conveniencia o no de realizar una determinada producción en su predio, de acuerdo a las tendencias de los mercados y previsiones climáticas.
14.- REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS RURALES promoviendo la máxima estabilidad de los mismos, introduciendo la posibilidad de la opción de compra, asegurando al arrendatario el reintegro de sus mejoras, implantando el instituto del “LEASING” para el equipamiento agropecuario, siempre y cuando el arrendatario realice una explotación efectiva en forma personal y directa.
15.- INSTALACIÓN DE UNA PLANTA DE FAENA Y FRIGORÍFICA PARA PEQUEÑOS ANIMALES (aves, conejos, liebres, nutrias, etc.) cuyos servicios se arrendarán a los criadores privados que, por el nivel de su producción, no pueden desarrollar una planta propia, los que por esa razón se ven imposibilitados o gravemente dificultados para exportar o simplemente atender debidamente el mercado interno, a precios competitivos.
16.- PROCURAR LA TRANSFORMACIÓN DE LAS PLANTAS FRIGORÍFICAS QUE están inactivas o que CESAREN EN SU ACTIVIDAD, EN COOPERATIVAS DE PRODUCTORES o de OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA, a fin de poner en inmediato funcionamiento las mismas, estableciendo un “LEASING” para adquirir las instalaciones, con plazo de 5 años para su cancelación, concediéndoles un crédito reajustable, según los precios internacionales de su producción, para el pago de obligaciones y capital de giro inicial, con garantía real sobre la misma y designando un interventor hasta la cancelación total del préstamo concedido.
17.- OTORGAR PRIORIDAD A LA ADJUDICACIÓN DE UNA PLANTA FRIGORÍFICA PARALIZADA AL GREMIO DE CARNICEROS, en condiciones similares al caso anterior, a fin de asegurar una adecuada y correcta atención del abasto de Montevideo y Canelones, racionalizando las entregas en período de zafra, creando un STOCK REGULADOR que asegure el abasto durante la post zafra, reduzca al mínimo la intermediación para abaratar costos, etc.
18.- INTEGRACIÓN EFECTIVA AL DESARROLLO AGROPECUARIO DE LAS FACULTADES DE CIENCIAS, AGRONOMÍA, INGENIERÍA Y VETERINARIA Y DE LAS ESCUELAS TÉCNICAS RURALES. mediante la participación de los respectivos cuerpos docentes en la organización, planificación y funcionamiento coordinado de los programas de asesoramiento al productor y la colaboración de estudiantes y egresados, quienes cumplirán periodos de práctica profesional en los establecimientos agropecuarios.
19.- CAMPAÑA NACIONAL, COORDINADA CON LA ACTIVIDAD PRIVADA, DE ERRADICACIÓN DEFINITIVA DE LA AFTOSA, HIDATIDOSIS, BRUCELOSIS, ETC., y demás zoonosis y epizootias que afectan la exportación de nuestros productos, obstaculizando la apertura de mercados y disminuyendo los precios de colocación de nuestra producción.
20.- PLAN NACIONAL EFECTIVO DE GENERACIÓN ELÉCTRICA ALTERNATIVA, MEDIANTE FUENTES RENOVABLES, EN ESTABLECIMIENTOS RURALES, además fomentando el desarrollo de las telecomunicaciones inalámbricas, a fin de integrar totalmente a sus habitantes a la comunidad nacional.
21.- PLAN REGIONAL DE EQUIPAMIENTO VIAL LIVIANO A NIVEL COOPERATIVO DE LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS, concediendo al efecto créditos especiales para el pago de la maquinaria respectiva que le entregará el Estado, a 10 años de plazo, sin reajuste, amortizable anualmente con bajo interés, imputándose al pago de dicho préstamo los costos de la conservación y mantenimiento de los caminos vecinales y rutas secundarias transfiriendo a la responsabilidad privada de los vecinos de la zona, las tareas respectivas.
22.- SEGURO AGRARIO INTEGRAL OBLIGATORIO a cargo del BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO, que cubra la totalidad de los riesgos del productor agropecuario.
23.- REESTRUCTURACIÓN, EN UN SOLO ORGANISMO INTEGRADO, DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARNES Y DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DE ABASTO, cuya dirección será ejercida por un Presidente designado por el Poder Ejecutivo, quien actuará conjuntamente con una Comisión Asesora preceptiva, de la cual formarán parte representantes de los productores, de la industria frigorífica y de los carniceros de Montevideo y del Interior, a fin de estructurar una política nacional de carnes, que permita compatibilizar las necesidades de exportación del país con la atención del abasto interno, a precios accesibles para el consumidor.
24.- PLAN DE FOMENTO DE LA VITICULTURA Y DE DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN VINÍCOLA fomentando la integración y coordinación de bodegas para la producción de vinos tipificados, a fin de lograr precios competitivos y volúmenes adecuados para la exportación, con la colaboración y contralor al efecto del I.NA.VI.
COMERCIO
A) COMERCIO INTERNO
1.- CREACIÓN DE LA TARJETA DE CRÉDITO SOCIAL emitida por el Departamento de Crédito Social del Banco de la República O. del Uruguay y el Banco de Previsión Social, para uso exclusivamente en el comercio interno, con privilegio de descuento sobre el salario, doble limitación en el monto de operación a 4 sueldos líquidos del titular y/o 100 Unidades Reajustables como máximo, a fin de incrementar la capacidad de compra de los asalariados y pasivos y colaborar a la reactivación del comercio interno. Los saldos deudores de la Tarjeta devengarán el interés máximo del 25% anual, incluido el Seguro de Vida del titular a cargo del Banco de Seguros del Estado, para su cancelación automática en caso de fallecimiento.
2.- EXONERACIÓN INMEDIATA DEL I.V.A. a:
Medicamentos básicos.
Carnes vacuna (cortes del cuarto delantero), ovina y porcina, aves y pescado.
Cereales, harina, yerba, café y azúcar.
Pan y pastas no rellenas frescas y secas.
3.- REDUCCIÓN PROGRESIVA DE LA TASA DEL I.V.A. hasta llegar a un máximo del 5% para:
Medicamentos en general.
Productos alimenticios no exonerados, de producción nacional.
Todo tipo de material cultural tanto en soporte papel como en soporte digital.
Insumos agropecuarios.
4.- REDUCCIÓN PAULATINA Y ACOMPASADA DE LA TASA BÁSICA DEL I.V.A. para todos los productos y servicios en general, salvo los prescindibles y/o suntuarios, a medida que se reestructure el régimen impositivo y se arbitren los recursos sustitutivos de dicho impuesto, de manera de aliviar al consumidor y fomentar la actividad del comercio.
5.- LEY DE INVERSIÓN DE CAPITALES EN SOCIEDADES ANÓNIMAS, que actualice su regulación, fomente la colocación de acciones a nivel popular, propenda a la participación accionaria del personal, reglamente la emisión de obligaciones o bonos de participación a corto plazo, determine claramente la responsabilidad de los directores -accionistas o no- en la administración societaria, etc. y fundamentalmente asegure la representación proporcional de los accionistas minoritarios en el Directorio y proteja debidamente los derechos de los mismos. La ley creará el Registro Nacional de Accionistas, en el cual deberán inscribirse todos los titulares de acciones, sin cuyo requisito las mismas no podrán comercializarse ni transferirse a cualquier título. Los datos del registro referido serán reservados y la información solo será proporcionada por orden judicial, en los casos que la ley determine.
6.- CREACIÓN E INSTALACIÓN DE MERCADOS REGIONALES para el almacenamiento, distribución y venta de la producción nacional, a fin de reducir intermediación y fletes prescindibles.
7.- REPARACIÓN, ADECUACIÓN Y DESARROLLO DE LA RED DE FERROCARRILES, propendiendo a su electrificación y modernización; reparando y adecuando las vías con durmientes nacionales, a fin de elevar su velocidad potencial a no menos de 100 Kmts./hora y creando líneas trasversales en el territorio nacional. El proceso se iniciará en las vías hacia las ciudades dormitorio de Montevideo y en la reconstrucción del Tren de la Costa entre Colonia y Punta del Este. Asimismo se dará prioridad a la línea a desarrollar del Tren del Norte entre Fray Bentos y Bella Unión.- Se procurará la participación de las empresas de transporte de cargas y de pasajeros, mediante licitaciones, a efectos que exploten servicios, aportando su propio material rodante.
8.- CREACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE UNA FLOTA NACIONAL DE LANCHAS DE CABOTAJE, para transporte de mercaderías y personas.
9.- ESTUDIO DEL APROVECHAMIENTO DEL PLAN DE CANALIZACIÓN E INTERCONEXIÓN INTERNA, DEL SISTEMA HIDROGRÁFICO NACIONAL, mediante represas, compuertas y esclusas, entre las cuencas del Río URUGUAY, Río NEGRO Y Río DE LA PLATA, procurando facilitar su navegación y controlar el nivel de agua en sus cauces, facilitando y abaratando el trasporte de mercaderías.
10.- INSTRUMENTACIÓN DE UNA LÍNEA ESPECIAL DE REDESCUENTO A TRAVÉS DE LA BANCA OFICIAL, destinada exclusivamente a la financiación de operaciones comerciales internas al por menor a plazos no superiores a 240 días.
11.- FOMENTO DE COOPERATIVAS DE ASALARIADOS PARA LA REAPERTURA DE COMERCIOS E INDUSTRIAS QUE HUBIEREN CERRADO SUS PUERTAS, estableciendo la posibilidad de la aplicación del “LEASING” para la utilización de las instalaciones, muebles y útiles de los mismos y concediéndoles un crédito para capital de giro, a corto plazo y bajo interés, renovable, con garantía sobre las ventas, a cuyos efectos la institución acreedora podrá designar un interventor de caja, hasta la total cancelación del crédito.
12.- HORARIO COMERCIAL LIBRE, no pudiendo exceder cada turno de trabajo de 8 horas, sin perjuicio del régimen de horas extras admitido en la legislación vigente.
13.- AUTORIZACIÓN DE HORARIOS ESPECIALES Y APERTURA DE LOS COMERCIOS EN GENERAL LOS SÁBADOS, DOMINGOS Y FERIADOS en el período NOVIEMBRE a ABRIL de cada año, respetando en todos los casos el régimen de descanso semanal del trabajador.
B) COMERCIO INTERNACIONAL
1.- CREACIÓN DE LAS OFICINAS DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES, a instalarse prioritariamente en países que se constituyan en nuevos mercados, organizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, bajo supervisión de la Dirección de Comercio Exterior, con colaboración privada de empresas y organizaciones de exportadores para financiación, instalación, equipamiento y suministro y capacitación de personal.
2.- CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE COMERCIO EXTERIOR, con representación de los organismos competentes del Estado y de los sectores privados interesados, como órgano asesor preceptivo del Poder Ejecutivo y el Parlamento, en la instrumentación de la política comercial externa de la República.
3.- ESTUDIOS CÍCLICOS DE MERCADO A CARGO DE LAS EMBAJADAS, CONSULADOS Y OFICINAS DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES, a fin de establecer las reales posibilidades de colocación de productos nacionales en sus zonas de influencia, remitiendo “on line” la información correspondiente.
4.- RÉGIMEN PROGRESIVO DE PREFINANCIACIÓN Y FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES, en proporción directa al valor agregado, al grado de incorporación de mano de obra y materia prima nacional en el producto exportado y a la rentabilidad e interés del país en el desarrollo del rubro.
5.- EXENCIÓN IMPOSITIVA ADECUADA Y REDUCCIÓN ARANCELARIA para la importación de materias primas, maquinarias y herramientas u otros productos indispensables para el complemento de la producción nacional destinada a la exportación, así como AMPLIACIÓN y adecuación DEL RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORARIA al mismo efecto.
6.- APERTURA DE NUEVOS MERCADOS mediante una agresiva política de promoción de exportaciones, fundamentalmente en África, Asia y Oceanía, procurando acuerdos de intercambio compensatorio que permitan a ambas partes el ahorro de divisas.
ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE
1.- CONSTRUCCIÓN DE DOS GRANDES ACUEDUCTOS TRANSTERRITORIALES, AL NORTE Y AL SUR DEL RÍO NEGRO. Que aprovechando los excesos y desbordes de caudal del Río Uruguay, que obliga a la apertura de las compuertas de la represa de Salto Grande, extraiga agua del mismo mediante un sistema de bombeo. Los acueductos atravesarán el territorio nacional hacia la costa Este y se constituirán en reservorios de agua bruta, destinada a riego, suministro al ganado o potabilización para uso humano, según el caso.
2.- CONSTRUCCIÓN INMEDIATA DEL PROYECTO ARAZATÍ, planificado y aprobado por O.S.E., destinado a extraer agua dulce del Río de la Plata y dirigirla, mediante un acueducto a la Planta de Potabilización en Aguas Corrientes.
3.- ESTUDIO PRIORITARIO DE UN PROYECTO NACIONAL DE REGULACIÓN DE LA ELIMINACIÓN DE DESECHOS INDUSTRIALES, de manera de evitar que afecten el equilibrio ecológico de la zona de ubicación de los establecimientos que los originan.
4.- ESTABLECIMIENTO DE PLANTAS DE PROCESAMIENTO Y CLASIFICACIÓN DE LOS DESECHOS URBANOS, que permitan la recuperación de los materiales reutilizables y procesen los residuos orgánicos para su aprovechamiento energético y/o su transformación en fertilizantes naturales. Se establecerá por lo menos una planta en cada ciudad con población superior a los 20.000 habitantes y las que se estimen indispensables en ciudades mayores, en proporción a su población.
5.- REPLANTEO DEL PROYECTO DE DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS SERVIDAS DEL NUEVO COLECTOR DE LA CIUDAD DE MONTEVIDEO y reestudio del mismo, considerando la posibilidad de una usina de tratamiento y transformación, que permita la utilización práctica de la bio-masa acumulada como fuente de energía y que los residuos resultantes puedan aplicarse a la elaboración de fertilizantes naturales, protegiendo de toda contaminación las aguas del Río de la Plata, al cual se verterían aguas claras.
6.- ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS Y ELABORACIÓN DE UN PROTOCOLO DE EMERGENCIAS Y DE UN REGLAMENTO QUE EVITE LA EVENTUAL CONTAMINACIÓN DE LAS PLAYAS Y LAS AGUAS DEL DEPARTAMENTO DE ROCHA a consecuencia de la Boya Petrolera y la Terminal Industrial Pesquera, ya instaladas en dicho Departamento y del proyectado puerto oceánico para buques de gran calado, en caso de concretarse.
7.- APLICACIÓN URGENTE DE LAS MEDIDAS RECOMENDADAS POR LOS ESTUDIOS YA REALIZADOS PARA EVITAR LA EROSIÓN DE LA PLAYA DE PIRIÁPOLIS y de otras playas de los Departamentos de Canelones, Maldonado y Rocha, así como en el Departamento de Montevideo, con especial dedicación a Ramírez, La Estacada y Playa de los Ingleses.
8.- INCREMENTO DE LA FORESTACIÓN ADECUADA Y OTRAS MEDIDAS TENDIENTES A EVITAR LA EROSIÓN DE LAS TIERRAS para mantener su nivel productivo e incrementarlo, evitando los riesgos de desertificación en varias zonas del territorio nacional.
9.- PLAN NACIONAL DE ROTACIÓN DE CULTIVOS también tendiente a evitar la erosión y el agotamiento de las tierras.
10.- FOMENTO DE LA ACTIVIDAD PRIVADA TENDIENTE A LA PROTECCIÓN DE LA FAUNA NACIONAL, mediante la instalación de criaderos de venados de campo, nutrias, carpinchos, mulitas, ñandúes, etc., estableciendo Parques Nacionales y Zonas de reserva, con fines similares.
11.- ESTUDIO DE UN PLAN DE CANALIZACIÓN E INTERCONEXIÓN INTERNA, DEL SISTEMA HIDROGRÁFICO NACIONAL, mediante represas, compuertas y esclusas, entre las Cuencas del Río Uruguay, Río Negro y Río De La Plata, procurando facilitar su navegación y controlar el nivel de agua en sus cauces.
12.- ORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN INTERNACIONAL DE SAFARIS DE CAZA DEL JABALÍ, considerado pieza de caza mayor y declarado plaga nacional en nuestro país, lo que puede generar ingresos excepcionales.
ECONOMÍA Y POLÍTICA TRIBUTARIA
1.- AJUSTE DEL ENDEUDAMIENTO INTERNO, mediante normas que dispongan la eliminación de la capitalización de intereses, la modificación del régimen de imputación de la paga, prevista en el artículo 1477 del Código Civil y artículo 960 del Código de Comercio, para las deudas anteriores al 31 de diciembre de 2008, disponiendo que los pagos a cuenta que hubiere efectuado o que efectúe el deudor se imputarán primero a capital y luego a intereses. Se exigirá declaración jurada de la integración del patrimonio ejecutable del deudor, Cuyo resultado determinará -previa avaluación- el monto máximo por el cual, en caso de incumplimiento, podrá promoverse ejecución. Se tendrá presente, al respecto, las disposiciones de la Constitución de la República y los límites establecidos por el Banco Central, con respecto a la inclusión de intereses devengados por deudores en mora, en los balances de las instituciones financieras.
2.- PLAN DE REINTEGRACIÓN AL SISTEMA TRIBUTARIO DE LOS DEUDORES MOROSOS Disponiendo -según lo establecido para el ajuste de adeudos- la supresión de la capitalización de intereses, desde la fecha del adeudo inicial, congelando el monto, reliquidado en esa forma, durante un periodo de gracia de hasta 48 meses. Los pagos a cuenta que el deudor realice durante dicho periodo se imputarán al capital adeudado imponiendo como condición EL PAGO DE LOS APORTES CORRIENTES AL DÍA. Quedarán comprendidos en el sistema los adeudos tributarios nacionales o departamentales y los de aportes a la Previsión Social generados con anterioridad al 31 de diciembre de 2008 y el organismo recaudador quedará facultado a disponer administrativamente, en el caso de empresas deudoras, la intervención de caja por un lapso no superior a 180 días, sin costo para el deudor, a efectos de poder evaluar su real capacidad de pago. La aplicación del plan no obstará a la concesión de bonificaciones generales en los casos que los organismos recaudadores lo estimen conveniente.
3.- DEROGACIÓN DEL RÉGIMEN DE CHEQUES DIFERIDOS, sustituyéndolos por la debida utilización de otros títulos-valor y/o la instrumentación de líneas especiales de crédito, a fin de impedir que su libramiento se constituya, en los hechos, en un medio de emisión monetaria privada incontrolable y sin respaldo alguno.
4.- INSTRUMENTACIÓN DE UN SISTEMA AMPLIO DE REDESCUENTO DE DOCUMENTOS EMERGENTES DE OPERACIONES COMERCIALES REALES DE EMPRESAS PRIVADAS ENTRE SI O DE ESTAS CON PERSONAS FÍSICAS Y/O EMPRESAS PÚBLICAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, exclusivamente a través de la Banca Oficial, a fin de mantener el nivel de crecimiento económico y desarrollo financiero del país.
5.- REESTRUCTURA Y RACIONALIZACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL sobre las siguientes bases:
A) SUSTITUCIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, POR EL IMPUESTO A LOS INGRESOS ELEVADOS, disponiendo que el nuevo tributo se pague por núcleo familiar, con tasas diferenciales según la integración del mismo, estableciendo el mínimo no imponible en el equivalente al valor de la canasta básica de consumo.
B) EXONERACIÓN DEL I.V.A. PARA LOS PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA ALIMENTARIA, PARA MEDICAMENTOS BÁSICOS Y REDUCCIÓN GRADUAL DE LAS TASAS PARA OTROS RUBROS, ampliando en lo posible la base tributaria general del impuesto, a fin de impulsar el desarrollo del comercio interno y reducir la presión impositiva sobre los consumidores de menores ingresos.
C) IMPUESTO ADICIONAL A LA CONCENTRACIÓN PATRIMONIAL INDIVIDUAL, aplicable a los patrimonios de personas físicas o jurídicas que superen las 40.000 U.R. de aforo real íntegro, en materia de inmuebles o el equivalente en valor comercial en otros bienes, previendo la desgravación, total o parcial, de los patrimonios socialmente útiles, por su aplicación al desarrollo nacional.
D) IMPUESTO PROGRESIVO A LAS GANANCIAS EMPRESARIALES ELEVADAS, que superen un porcentaje determinado del capital utilizado por la empresa en el ejercicio. Las ganancias que no superen el porcentaje que la ley establezca estarán exentas y sobre las que lo excedan se aplicará una tasa progresional.
E) INCREMENTO DE LAS TASAS DE LOS IMPUESTOS APLICABLES SOBRE LOS ARTÍCULOS SUNTUARIOS Y/O PRESCINDIBLES, tales como automóviles de lujo, joyas, pieles, perfumes, bebidas alcohólicas, cigarrillos, tabacos, etc. cuando sean importados.
F) IMPUESTO PROGRESIVO A LA TIERRA SUBEXPLOTADA, aplicable a las que no alcancen el nivel medio de producción, técnicamente establecido para cada PREDIO RURAL del territorio nacional. El sujeto pasivo del impuesto será el propietario de la tierra en caso de efectuar la explotación directa o quien realice la misma, en uso de cualquier título habilitante al efecto. La ley propenderá a que el sujeto pasivo pueda eximirse del pago del impuesto, explotando la tierra por si o a través de contratos de arrendamiento, comodato, aparcería, medianería, pastoreo o cualquier otra forma legal, que permita que el predio alcance el nivel de productividad potencial que le corresponde.
G) AUMENTO AL 5% DE LA TASA DEL IMPUESTO a las trasmisiones patrimoniales inmobiliarias, pagadero por mitades por las partes.
H) FIJACIÓN EN EL 5% DE LA TASA DEL IMPUESTO A LAS TRASMISIONES PATRIMONIALES POR CAUSA DE MUERTE, estableciendo un mínimo no imponible equivalente a 5.000 unidades reajustables de aforo real íntegro, cuando el patrimonio del causante esté constituido por un único bien destinado a hogar familiar.
Se podrá incrementar el mínimo no imponible en un porcentaje de hasta el 100%, según el número de integrantes del núcleo familiar.
I) IMPUESTO DEL 1% A LOS PRODUCTOS DE CONSUMO YA INDUSTRIALIZADOS QUE SE IMPORTEN. El resultado de la recaudación será destinado a la financiación parcial del Sistema Nacional Integrado de Salud.
J) IMPUESTO ADICIONAL A LOS VICIOS SOCIALES: bebidas alcohólicas, juego, cigarros, cigarrillos, tabaco, etc., cuya tasa se fijará para cada producto gravado, con igual destino que el anterior.
K) IMPUESTO DE EDUCACIÓN PÚBLICA, específicamente destinado a los Entes de Enseñanza, cuya base imponible y tasa aplicable se estudiará adecuadamente.
6.- ORDENAR, SISTEMATIZAR Y CODIFICAR LAS NORMAS DE LIQUIDACIÓN DE LOS IMPUESTOS, de manera de simplificar el sistema impositivo nacional y facilitar los pagos.
7.- SUSTITUCIÓN DE LOS IMPUESTOS QUE GRAVAN LOS COMBUSTIBLES POR TASAS EQUIVALENTES DEL I.V.A. de manera de permitir el descuento correspondiente a comerciantes, industriales y productores agropecuarios.
8.- DESDOLARIZACIÓN PAULATINA DE LA ECONOMÍA NACIONAL, mediante el dictado de normas que limiten o directamente impidan, a partir de una fecha a determinar, la fijación de precios y la concesión de créditos en moneda extranjera a personas físicas o empresas cuyos ingresos sean fundamentalmente en moneda nacional. Asimismo se proseguirá con una política de emisión de deuda pública en distintas monedas, priorizando la nacional, en cuanto sea posible, de manera de reducir nuestra dependencia de la estadounidense y ampliar las posibilidades de manejar en el futuro el valor de nuestra unidad monetaria. También se promoverá la creación de una unidad monetaria común para los países sudamericanos, a fin de ser usada en el comercio intrazonal.
9.- REDISTRIBUCIÓN COMPLETA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIONES, dando prioridad a los destinados a SEGURIDAD, SALUD PÚBLICA, EDUCACIÓN, JUSTICIA, VIVIENDA, FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS INDISPENSABLES PARA EL DESARROLLO NACIONAL.
10.- Ejercer un efectivo seguimiento sobre la evolución de los precios de los productos y servicios de primera necesidad, a fin de combatir políticas comerciales perjudiciales para los consumidores.
11.- COMPROMISO DEL ESTADO DE PAGO DE SUS COMPRAS AL CONTADO O PLAZOS MÍNIMOS GARANTIDOS, de manera que el proveedor tenga certeza absoluta de la fecha de pago, a fin de impedir que se establezcan precios abusivos en prevención de los imprevisibles atrasos habituales.
INDUSTRIA
1.- REAFIRMACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PRIORIDAD DE LA INDUSTRIA NACIONAL EN TODAS LAS ADQUISICIONES QUE REALICEN LOS ORGANISMOS ESTATALES, modificando las reglamentaciones vigentes de modo que se tenga en cuenta en la evaluación de la oferta el reintegro al Estado por vía impositiva y de aportes de Previsión Social de la empresa ofertante y sus asociadas.
2.- IMPONER DERECHOS COMPENSATORIOS A LA IMPORTACIÓN DE ARTÍCULOS QUE SEAN SUBVENCIONADOS por su país de origen o de procedencia, en un todo de acuerdo a las normas de la OMC al respecto.
3.- LIMITACIÓN DE LA IMPORTACIÓN DE BIENES SUNTUARIOS Y/O PRESCINDIBLES, mediante la imposición de recargos móviles y/o derechos especiales compensatorios, de acuerdo a las disponibilidades de divisas ya las necesidades estrictas de la plaza.
4.- RESTRICCIÓN DE LA IMPORTACIÓN DE BIENES COMPETITIVOS DE LA INDUSTRIA NACIONAL, mediante todos los métodos que habilite la OMC, imponiendo a la producción nacional -como contrapartida de la preferencia que se le otorga- un ESTRICTO CONTROL DE CALIDAD Y UNA RACIONAL LIMITACIÓN DE LOS MÁRGENES DE GANANCIA, para el mercado interno, cuyo control estará a cargo de los organismos competentes del Estado.
5.- EXONERACIÓN IMPOSITIVA TOTAL, POR UN PLAZO DE DOS AÑOS Y PARCIALES HASTA LOS CINCO AÑOS, a partir de su puesta en funcionamiento, para TODAS LAS NUEVAS INDUSTRIAS que se instalen en el país e industrialicen un porcentaje mínimo de 60% de MATERIAS PRIMAS NACIONALES, absorbiendo por lo menos un 75% DE MANO DE OBRA NACIONAL.
6.- CONGELACIÓN DE DEUDAS FISCALES Y DE APORTES DE PREVISIÓN SOCIAL Y SUSPENSIÓN DE PAGO DE LOS ADEUDOS GENERADOS POR DICHOS CONCEPTOS, POR UN PLAZO DE CUATRO AÑOS, con garantía real sobre su activo fijo o similar, para todas las industrias nacionales que hayan clausurado sus actividades a partir del 1º de JULIO de 2002 y que reabran sus puertas. Las empresas beneficiarias deberán mantener al día sus aportes corrientes so pena de perder el beneficio de la congelación de sus adeudos atrasados.
7.- IMPULSAR LA INSTALACIÓN DE INDUSTRIAS EN LAS ÁREAS DE BIO-GENÉTICA, ELECTRÓNICA, CIBERNÉTICA E INFORMÁTICA, que utilicen y capaciten un porcentaje no menor del 75% de personal nacional, introduciendo tecnología importada, mediante el otorgamiento a las mismas de una exención impositiva general del 25% en el primer año, 50% en el segundo año, 75% en el tercero y total en el cuarto año a partir de su puesta en marcha, procediendo luego en sentido inverso hasta ingresar en el régimen impositivo normal del país, evitando, en todos los casos, la eventual constitución de monopolios privados.
8.- LEY DE FOMENTO DE LAS COOPERATIVAS OBRERAS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y AGROPECUARIAS, Y LEY REGLAMENTARIA DEL “LEASING” (Arrendamiento con opción a compra), favoreciendo la utilización del mismo por las cooperativas obreras que tomen a su cargo la puesta en funcionamiento de plantas industriales paralizadas. A tales efectos se les otorgará créditos a mediano y largo plazo, reajustables de acuerdo al índice de precios de su producción en el año anterior, con interés del 7% anual, con la garantía de la propia producción que será supervisada por un interventor designado por la institución acreedora, hasta la cancelación del préstamo otorgado.
9.- FOMENTO DE LA DESCENTRALIZACIÓN INDUSTRIAL mediante la concesión de créditos especiales a través del B.R.O.U. y de la banca privada, con plazo de hasta 20 años, capital reajustable de acuerdo al índice de precios de la producción que realicen e interés máximo del 14% anual, para la adquisición de terrenos, construcción de la planta industrial y equipamiento de la misma. Asimismo se concederán exoneraciones impositivas extraordinarias y reducciones especiales de las tarifas de energía y otros servicios públicos estatales, etc. todo ello aplicable a las industrias que se instalen fuera de los Departamentos de Montevideo y Canelones, las que deberán orientar su ubicación en relación a la proximidad a las fuentes de materia prima y a la cercanía de los canales de distribución (carreteras, estaciones ferroviarias, puertos de cabotaje, etc.) que convenga utilizar.
10.- APOYO ESPECIAL A LOS TALLERES ARTESANALES A NIVEL FAMILIAR Y/O COOPERATIVO OBRERO, mediante el otorgamiento de créditos no reajustables, amortizables a corto plazo y bajo interés, de monto adecuado al volumen anual de producción. También se concederá exoneración de aportes de previsión social y de impuestos nacionales y municipales por un plazo de 18 meses a partir de la iniciación de sus actividades; tolerancias especiales por un plazo de 24 meses en cuanto a los requisitos edilicios de instalación y similares, que no afecten la seguridad de los trabajadores o la higiene de la producción y se otorgarán tarifas reducidas de energía y otros servicios públicos estatales, indispensables para el desarrollo de su actividad.
11.- FOMENTO DE LA EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS INDUSTRIALIZADOS, mediante reintegros progresivos proporcionales al VALOR AGREGADO, grado de industrialización y a la mayor incorporación de mano de obra nacional.
12.- UTILIZACIÓN DE LAS OFICINAS DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES EN EL EXTERIOR, anexas a nuestras embajadas o consulados, donde existan o creación si fuera necesario, destinadas a colocar la producción nacional, las que serán organizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores con la supervisión de la Dirección de Comercio Exterior y funcionarán con la colaboración de las empresas y organizaciones de exportadores en cuanto a financiamiento, instalación, equipamiento, así como capacitación y suministro de personal.
13.- FACILITAR, PROMOVER Y ORIENTAR ACUERDOS DE COLABORACIÓN, COMPLEMENTACIÓN E INTEGRACIÓN INDUSTRIAL, A NIVEL NACIONAL, entre establecimientos del mismo ramo, a fin de propender a la industrialización de PRODUCTOS TIPO, mediante la NORMALIZACIÓN Y TIPIFICACIÓN DE LA PRODUCCIÓN, a fin de aprovechar al máximo la capacidad industrial instalada, para permitirnos un adecuado nivel de competencia internacional en calidad, precios y cantidades exigidas por los mercados. A esos efectos se ampliarán las facultades del L.A.T.U. en coordinación con el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas.
14.- CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE RECUPERACIÓN INDUSTRIAL en la órbita del Ministerio de Industrias, Energía, y Minería con la colaboración de la Universidad de la República a través de las Facultades de Ingeniería, Arquitectura, Ciencias, Química y Ciencias Económicas, así como de las Universidades privadas, a efectos de reciclar plantas industriales obsoletas y reorientarlas a la producción plena en el mismo u otros ramos, a cuyos efectos establecerá, en cuanto corresponda, el grado y la oportunidad de la participación y colaboración -en cada caso concreto- de los demás organismos competentes del Estado al efecto.
15.- ESTABLECER UN SISTEMA DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES NACIONALES Y EL CONSEJO DE ENSEÑANZA TÉCNICA PROFESIONAL, de manera que los estudiantes de la misma puedan realizar prácticas -en carácter de becados- en las plantas fabriles según su especialidad, que los docentes colaboren a nivel de asesores de las pequeñas y medianas empresas en los planes de desarrollo y tecnificación industrial y que los egresados tengan prioridad para el acceso a nuevos puestos de trabajo.
16.- RESPALDO ESPECIAL A LAS INDUSTRIAS CON BASE EN MATERIA PRIMA NACIONAL, FUNDAMENTALMENTE CÁRNICA, PESQUERA, TEXTIL, ALIMENTICIA, EXTRACTIVA, LECHERA Y VITIVINÍCOLA, propendiendo a la reducción de sus costos para aumentar su competitividad internacional.
17.- INSTALACIÓN DE ESCUELAS DE LA MADERA, EN LOS DEPARTAMENTOS DE RIVERA Y TACUAREMBÓ, dependientes del Consejo de Enseñanza Técnica Profesional, que dicten cursos especiales para formar trabajadores en manejo de bosques, aserrado, manejo de tecnologías e industrialización de la madera.
18.- ESTÍMULOS DIVERSOS Y APOYO TECNOLÓGICO A LA PRODUCCIÓN INDUSTRIAL DE CALIDAD EXCEPCIONAL, destinándola a la exportación para cubrir nichos de mercado de muy alta exigencia, dispuestos a abonar precios excepcionales por ese tipo de productos.
19.- APOYO Y RESPALDO A LA FABRICACIÓN Y ARMADO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN EL PAÍS, estableciendo un régimen fiscal para esa actividad que no solo facilite la exportación, sino que permita que los productos finales sean competitivos en el mercado interno.
ORGANIZACIÓN ESTATAL
1.- DEFENSA DEL PATRIMONIO INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO, a fin de que se conserven en su poder los servicios públicos y medios de producción que actualmente posee, impidiendo su privatización, sin perjuicio de posibles asociaciones operativas con otras empresas públicas o privadas para optimizar la gestión.
2.- TRANSFORMACIÓN DE LOS ENTES INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO EN SOCIEDADES ANÓNIMAS, debiendo permanecer la mayoría de su capital accionario y la dirección de la gestión en manos del Estado.
3.- PLANIFICAR Y PROMOVER LA ACTUACIÓN DE LOS ENTES INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO COMO ASESORES O INVERSORES INTERNACIONALES de empresas u organismos, públicos o privados, en el ramo de su actividad, tendiendo a transformarse en multinacionales del conocimiento, aprovechando el adquirido a lo largo de su trayectoria.
4.- LEY DE REFORMA Y RACIONALIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, tendiente a reducir la burocracia estatal; incrementar la eficacia de la gestión, bajando el nivel del gasto; fomentar la disminución racional de los cargos administrativos, incrementando, en cuanto corresponda, los de producción; racionalizar los procedimientos administrativos, eliminando los trámites superfluos, reorganizar y coordinar los servicios estatales, a fin de evitar duplicación y superposición de esfuerzos y funciones, etc.
5.- DESARROLLO INTEGRAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROCESAMIENTO DE DATOS, a fin de concentrar la información de todos los organismos estatales, coordinando y centralizando la información procedente de cada uno de ellos, de manera de obtener el máximo rendimiento y efectividad, codificando debidamente el acceso a la información, de acuerdo a niveles de responsabilidad funcional, etc.
6.- COORDINAR EFICIENTEMENTE LOS SERVICIOS ESTADÍSTICOS DE TODOS LOS ORGANISMOS ESTATALES EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, la que pasará a depender directamente de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y actuará en conjunción con el Centro Nacional de Procesamiento de Datos.
7.- REESTRUCTURA GENERAL ADMINISTRATIVA, estableciendo un régimen salarial para los funcionarios del Estado que respete el principio de que a igual función corresponde igual retribución, tendiendo a establecer el régimen de planilla única por cada escalafón; determine un sistema de distribución de utilidades a los funcionarios de los entes industriales y comerciales del Estado, sin perjuicio de los fondos de capitalización, reinversión y reserva; disponga un sistema de representación directa de los funcionarios en los Directorios de los Entes autónomos y servicios descentralizados para control de su gestión y reafirme el principio de que la Administración está al servicio de la población y no ésta al servicio de aquella.
8.- LEY DE ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO que asegure el respeto al principio de la estabilidad del funcionario, consagrado en la Constitución; confirme el respeto estricto de la carrera administrativa, sobre la base de que el ingreso y el ascenso en la función pública se efectuarán exclusivamente por riguroso concurso de oposición o de oposición y méritos y que determine concretamente las causales de sanción o destitución definiendo y reglamentando los conceptos de ineptitud, omisión o delito.
9.- PROMOVER LA REDISTRIBUCIÓN RACIONAL DEL FUNCIONARIO PÚBLICO de acuerdo a sus estudios, preparación y capacitación individual, vocación, etc. procurando reubicarlos -en cuanto fuere posible- en la esfera de sus intereses, a fin de fomentar su máximo rendimiento. La redistribución respetará los derechos adquiridos por el funcionario afectado y los derechos de los funcionarios de la repartición a la que ingresa, así como su radicación y no tendrá en ningún caso carácter compulsivo.
10.- CREACIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE AUDITORÍA TÉCNICA Y CONSULTORÍA, en la órbita de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a fin de:
A) Estudiar la reorganización de los servicios y abatir los costos de producción y gestión de los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, dependencias de la Administración Central y demás organismos del Estado.
B) Planificar y promover la coordinación de servicios y el intercambio de experiencias y personal entre las diversas dependencias del Estado.
C) Estudiar los medios de racionalizar tarifas e incrementar ingresos sin afectar directamente a los usuarios.
D) Procurar el aprovechamiento integral de los recursos materiales y humanos de la administración pública a fin de evitar la indebida multiplicación de esfuerzos, inversiones y gastos.
E) Coordinar el descarte de los bienes prescindibles de cualquier dependencia estatal, asegurando que los mismos no sean de utilidad para otro ente, servicio o unidad ejecutora, previamente a proceder a su comercialización, remate o descarte, según en cada caso corresponda.
11.- PROMOVER EL ESTUDIO PRIORITARIO DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
A) ESTIMULAR EL AHORRO POPULAR, ESPECIALMENTE EL INFANTIL Y JUVENIL, a través de la Banca Estatal.
B) SUPERVISIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR DE PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA POR PARTE DEL ESTADO, a fin de precaver el eventual desabastecimiento interno.
12.- CREACIÓN DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO, el cual estará destinado a atender prioritariamente las necesidades de asistencia crediticia de la industria, el comercio y la actividad agropecuaria en todas sus ramas, especialmente para pequeñas y medianas empresas.
13.- REESTRUCTURA DEL BANCO HIPOTECARIO a fin de dedicarlo, de acuerdo a los fundamentos de su creación, prioritariamente a la financiación de vivienda media. El Banco dará prioridad a los proyectos de cooperativas de ahorro y crédito o sociedades civiles y a la construcción de complejos habitacionales, cuando sea indispensable.
14.- DESMILITARIZACIÓN DE LA POLICÍA convirtiéndola nuevamente en GUARDIA CIVIL, tecnificándola y modernizándola, respetando estrictamente el escalafón de los funcionarios, cuyos niveles superiores podrán acceder a los cargos de dirección sin limitación alguna, cuando hayan obtenido calificaciones de excelencia en su actuación funcional.
15.- CREACIÓN DE LA POLICÍA JUDICIAL, en la órbita del Poder Judicial y bajo dependencia directa de los Jueces en lo Penal, a fin de que estos puedan contar con medios de indagación e investigación técnica de los hechos, en los casos sometidos a su decisión.
16.- REFORMA DE LOS CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTO JUDICIAL tendiente a racionalizar y agilitar los trámites administrativos conexos al proceso y garantir debidamente los derechos de los habitantes de la República.
17.- MODIFICAR Y ACTUALIZAR LA LEY REGLAMENTARIA DEL RECURSO Y DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL a fin de proteger debidamente a los habitantes de la República, frente a cualquier desborde del Estado o de particulares.
18.- CENSO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, determinando procedencia, modo de adquisición, estado de conservación, destino actual, ocupación propia o por terceros, título habilitante de los ocupantes, etc.
PESCA
1.- INCREMENTO DE LOS DERECHOS QUE DEBEN ABONAR LOS BARCOS DE BANDERA EXTRANJERA QUE PESQUEN EN AGUAS JURISDICCIONALES URUGUAYAS salvo que cuenten con plantas procesadoras en territorio nacional que empleen como mínimo un 75% de mano de obra uruguaya. El incremento de los derechos podrá ser abonado con un porcentaje de la propia pesca realizada, al precio de mercado al día de pago, el que se destinará, según las conveniencias del momento al abasto nacional o a las plantas procesadoras para la exportación.
2.- REBAJA SUSTANCIAL EN LOS IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES PARA LOS PESQUEROS DE BANDERA NACIONAL, a fin de rebajar sus costos de operación.
3.- FOMENTO DE LA UTILIZACIÓN E INTRODUCCIÓN DE BUQUES FACTORÍA, que permitan el procesado y congelado a bordo de la pesca realizada, para las empresas nacionales que no posean plantas procesadoras instaladas en territorio nacional, debiendo emplear no menos de 90% de personal uruguayo a bordo.
4.- CONTRALOR PERMANENTE, A CARGO DE LA ARMADA NACIONAL, DE LA PROHIBICIÓN DE USO DE REDES O ARTES DE PESCA QUE AFECTEN LA REPRODUCCIÓN Y/O EL EQUILIBRIO ECOLÓGICO de las especies marinas, por parte de buques de bandera nacional o extranjera, imponiendo severas sanciones a los infractores, que podrán llegar, según la gravedad de la infracción, y/o a la reincidencia en faltas menores, al decomiso del buque.
5.- RÉGIMEN DE CRÉDITOS CONTROLADOS PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD PESQUERA Y EL MEJORAMIENTO DE LA FLOTA, a largo plazo y bajo interés, para las empresas o personas que acrediten debidamente su competencia y experiencia en la materia.
6.- RÉGIMEN DE FACILIDADES ESPECIALES PARA LAS EMPRESAS PESQUERAS QUE EXPORTEN PRODUCTOS DEL MAR INDUSTRIALIZADOS Y/O ENVASADOS, mediante un sistema de estímulos proporcionales al mayor valor agregado, al volumen exportado, al ingreso de divisas y a la mano de obra nacional incorporada al producto.
7.- FOMENTO DE LA PESCA DE BAJA ALTURA A NIVEL ARTESANAL para facilitar el ingreso al abasto nacional de productos del mar a bajo costo, a fin de favorecer el incremento del consumo popular.
8.- ESTABLECIMIENTO POR LA DI.NA.R.A., CON COLABORACIÓN PRIVADA DE CRIADEROS DE CAMARONES, LANGOSTINOS, LANGOSTAS, MOLUSCOS, ETC en las costas, lagunas o cursos de agua en que tales iniciativas sean técnica y ecológicamente viables.
9.- SIEMBRA DE PECES EN LOS LAGOS DE LAS REPRESAS HIDROELÉCTRICAS Y EN LAS LAGUNAS NATURALES DEL TERRITORIO NACIONAL, en forma organizada y científica, recogiendo y adaptando las experiencias extranjeras en la materia, a fin de fomentar y desarrollar la pesca deportiva en esas zonas.
10.- AUTORIZACIÓN, A EMPRESAS NACIONALES, PARA LA FAENA E INDUSTRIALIZACIÓN RACIONAL DEL LOBO MARINO, dados los lamentables resultados obtenidos con la protección indiscriminada , con efectos nefastos sobre los recursos pesqueros de cercanía y su afectación de los centros turísticos, por el crecimiento desorbitado de las especies.
11.- REFORMA DE LA LEY DE PESCA a fin de actualizar sus disposiciones de acuerdo a la experiencia recogida y reafirmar la tendencia a la nacionalización de la explotación de los recursos marinos.
12.- FOMENTO Y ESTÍMULO DE LA INDUSTRIALIZACIÓN, PREPARACIÓN Y ENVASADO DEL REMANENTE DE CALAMAR, resultante de la pesca de otras especies, que habitualmente se desperdicia, aún teniendo disponibilidad de bodega, por lo que siendo su costo de captura nulo, podrá comercializarse a precios competitivos.
RELACIONES INTERNACIONALES
1.- DEFENSA DE LA SOBERANÍA NACIONAL:
A) Reivindicando nuestro derecho a las 350 millas marítimas como extensión de nuestras aguas territoriales, según el criterio vigente.
B) Replanteando someter a arbitraje o a la decisión del Tribunal Internacional de La Haya, las reclamaciones pendientes en materia territorial -no solucionadas satisfactoriamente- en lo que se considere necesario o conveniente para los intereses nacionales.
C) Reforzando la presencia nacional, institucional y cultural, en las zonas fronterizas.
D) Desalentando, mediante trabas legales y/o impositivas, la enajenación de tierras, en zonas fronterizas, a extranjeros no radicados en el país, sociedades anónimas con titulares no conocidos, etc.
2.- INCREMENTAR NUESTRA PRESENCIA EN LA ANTÁRTIDA, ejerciendo la totalidad de los derechos que a nuestro país corresponden en relación a la misma -en especial la instalación de nuestra segunda base en el Continente Antártico- haciendo efectivo uso de los mismos, mediante todos los medios compatibles con nuestras posibilidades, previendo la asignación de partidas presupuestales al efecto.
3.- PROPICIAR REFORMAS ESTRUCTURALES DE LA O.E.A., dada la incapacidad e ineficacia de la misma para la defensa de los legítimos derechos y aspiraciones de los pueblos latinoamericanos.
4.- PROPONER LA CREACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS LATINOAMERICANOS, convocando al efecto una Conferencia de Jefes de Estado de toda América Latina y promoviendo una activa y permanente campaña sobre el tema a través de nuestras representaciones diplomáticas.
5.- OFRECER A NUESTRO PAÍS PARA SEDE DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS LATINOAMERICANOS (O.E.L.A.) concediendo un predio de extensión adecuada, fuera del Departamento de Montevideo, en régimen de extraterritorialidad, para construir su sede.
6.- IMPULSAR LA URGENTE TRANSFORMACIÓN DE LA A.L.A.D.I., dada la escasa efectividad de su accionar, pese a los años trascurridos desde su creación originariamente como A.L.A.L.C., a efectos de que sea base institucional de la O.E.L.A.
7.- PROPENDER AL DESARROLLO DE UN VERDADERO MERCADO COMÚN LATINOAMERICANO Y FOMENTAR EL COMERCIO Y EL TURISMO INTRAZONAL, mediante medidas concretas de exoneración o reducción de los recargos y de todo tipo de tasas sobre rubros concretos, a través de convenios bilaterales o multilaterales, propendiendo asimismo a la eliminación de todas las restricciones para el traspaso de fronteras de los ciudadanos latinoamericanos y concediendo exenciones impositivas parciales a las compañías nacionales de transporte de bienes y personas de cada país integrante.
8.- PROMOVER LA INTEGRACIÓN Y COLABORACIÓN ECONÓMICA Y TECNOLÓGICA DE LOS PAÍSES EN VÍAS DE DESARROLLO, a nivel regional y mundial, tomando la iniciativa en la formulación de acuerdos bilaterales y multilaterales en tal sentido a fin de concretar dicho objetivo en el plazo más breve posible.
9.- PROPONER LA CREACIÓN DEL BANCO DE INVERSIÓN, COOPERACIÓN Y DESARROLLO DEL HEMISFERIO SUR con participación directa de todos los países involucrados ofreciendo a nuestro país como subsede Permanente del mismo, para América del Sur.
10.- PROPONER LA REDUCCIÓN CONJUNTA DE LOS GASTOS EN ARMAMENTO DE LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA, sugiriendo, como medida inicial la limitación de los mismos a un porcentaje fijo e igualitario del Producto Bruto Interno regional.
11.- RECLAMAR EN LAS NACIONES UNIDAS QUE LOS ORGANISMOS DE CONTRALOR ATÓMICO se integren con representantes de los Estados que no cuentan con armamentos de este tipo.
12.- RECLAMAR EN LAS NACIONES UNIDAS LA CREACIÓN DE UNA FUERZA PARALELA MULTINACIONAL DE PAZ que NO INTEGREN las grandes potencias, las que, sin embargo, proporcionarán armamento y entrenamiento para sus efectivos, destinada a actuar en los casos que el o los países de destino resistan la participación de fuerzas armadas provenientes de una o mas potencias mundiales.
13.- PROPUGNAR POR LA AMPLIACIÓN DE FACULTADES DEL TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LA HAYA, al cual deberán someterse TODOS los conflictos internacionales, cuando no se haya logrado acuerdo por otras vías amistosas, facultando al mismo a disponer de la FUERZA PERMANENTE MULTINACIONAL DE PAZ para hacer efectivo el cumplimiento de sus laudos cuando una o ambas partes se nieguen a acatarlos.
14.- PROPONER LA CREACIÓN DEL FONDO LATINOAMERICANO DE CONTROL DEL HAMBRE que se integrará con los excedentes agropecuarios de los países de la zona que, por superproducción u otras razones, no se puedan comercializar normalmente, los que administrados por una Comisión Internacional, se destinarán gratuitamente a alimentar a las poblaciones que carezcan de recursos, en la región o a las víctimas de catástrofes.
15.- PROMOVER EL ESTABLECIMIENTO DE RELACIONES DIPLOMÁTICAS Y COMERCIALES CON PAÍSES DE AMÉRICA, ÁFRICA Y ASIA, con los que no existan contactos directos, creando al efecto un cargo de Embajador Itinerante para cada Continente con el fin de establecer los contactos iniciales o en su defecto cometer los mismos a los Embajadores radicados en países limítrofes o cercanos.
SALUD PÚBLICA
1.- REFORMA SUSTANCIAL DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD, manteniendo la necesaria coordinación entre los servicios de asistencia mutual con los servicios del M.S.P. FACULTAD DE MEDICINA, FACULTAD DE ODONTOLOGÍA, BANCO DE SEGUROS, HOSPITAL DE CLÍNICAS, HOSPITAL POLICIAL, HOSPITAL MILITAR Y DEMÁS SERVICIOS ESTATALES, a fin de brindar un servicio NACIONAL E IGUALITARIO a todos los habitantes, optimizando las relaciones médico/habitante y cama/habitante, el cual se financiará, parcialmente, con un aporte progresional sobre los ingresos elevados y un impuesto del 1% sobre la importación de artículos industrializados y las tasas que se fijen para artículos suntuarios.
2.- MODIFICAR EL RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD, que será confiada a una junta integrada por un delegado de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, un delegado de las Facultades de Medicina privadas, un delegado de las empresas y cooperativas de asistencia médica, un delegado de las mutualistas de asistencia médica y un delegado del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá.
3.- DESCENTRALIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE LOS CENTROS HOSPITALARIOS EN TODO EL PAÍS, facultando a sus directores a establecer convenios con otras instituciones, públicas o privadas, para coordinar servicios, evitar la innecesaria duplicación de esfuerzos y funciones, cubrir las necesidades asistenciales de la población en forma eficiente, reducir costos, etc. Asimismo podrán recibir aportes o donaciones voluntarias que contribuyan al desarrollo de la planta física y equipamiento técnico del centro de salud a su cargo.
4.- ESTABLECER EN TRES PACIENTES POR HORA LA OBLIGACIÓN DE ATENCIÓN POR LOS MÉDICOS QUE SE DESEMPEÑEN EN POLICLÍNICAS PÚBLICAS O MUTUALES, a fin de permitir una mejor atención del usuario y prevenir errores de diagnóstico apresurado.
5.- RECONOCER EL DERECHO DEL PACIENTE, ATENDIDO EN EMERGENCIA O POLICLÍNICA A CONSULTAR OTRO MEDICO SIN DEMORA O COSTO ADICIONAL, cuando el dictamen del facultativo que lo atendió no le resulta satisfactorio.
6.- REFORZAR EL PERSONAL MÉDICO Y TÉCNICO DE TODAS LAS PUERTAS DE EMERGENCIA DE CENTROS DE SALUD PÚBLICOS, de manera que siempre exista un médico consultante de reconocida experiencia y uno o mas nurses o enfermeros de respaldo, en cada turno, según las dimensiones del servicio.
7.- TRANSFORMACIÓN DE LA COOPERATIVA MÉDICA “CENTRO DE ASISTENCIA DEL SINDICATO MÉDICO DEL URUGUAY” (C.A.S.M.U.) EN MUTUALISTA DE ASISTENCIA MÉDICA, transfiriendo su propiedad a los afiliados de la misma que a lo largo de siete décadas y cuatro generaciones aportaron los fondos para constituir su patrimonio y financiar su funcionamiento, parte de los cuales fueron dilapidados por algunos dirigentes irresponsables, generando una crisis que ha puesto en riesgo su supervivencia. El pasivo existente será consolidado y los cooperativistas deberán aportar, proporcionalmente a sus ingresos fondos para abatirlo. La administración pasará a los afiliados, quienes podrán reclamar las auditorías necesarias para determinar eventuales responsabilidades civiles o penales de los anteriores dirigentes, cuyo costo será de cargo del Poder Ejecutivo, por la omisión de su obligación de contralor sobre la gestión de la Institución.
8.- LEY DE PROTOCOLO DE ATENCIÓN AL PACIENTE, que imponga a médicos y técnicos que participen en su diagnóstico y tratamiento, la obligación de llevar la historia clínica en computadora, en forma clara, detallada y precisa. La misma ley exigirá que las recetas de medicamentos se escriban en letra de imprenta, a fin de prevenir errores de interpretación en la entrega. Asimismo se impondrá que las solicitudes de exámenes y análisis y los pases a especialistas u otros colegas o técnicos deberán ser escriturados en letra clara y fácilmente inteligible.
9.- LA MISMA LEY DETERMINARÁ QUE EL PACIENTE TENDRÁ ACCESO DIRECTO A SU HISTORIA CLÍNICA, DE LA CUAL PODRÁ OBTENER COPIA PARCIAL O COMPLETA, en forma inmediata, autenticada por el profesional, centro de salud o institución que la haya confeccionado, a simple petición verbal y sin otro costo que el precio de las fotocopias necesarias. El paciente podrá asimismo autorizar, por escrito y bajo su firma, a un familiar, a su médico u otra persona de su confianza a examinar o solicitar copia de su historia clínica. Si el paciente se encontrara imposibilitado de expresar su voluntad o hubiera fallecido, su padre, madre, cónyuge, hijo o familiar más cercano, podrá ejercer el derecho de acceso a la historia clínica, en las mismas condiciones.
10.- ENCARAR UN PLAN NACIONAL DE TRATAMIENTO DE DROGADICCIONES Y OTRAS DEPENDENCIAS, promoviendo, al menos, la concreción de:
A) CREACIÓN DEL CENTRO AMBULATORIO DE TRATAMIENTO COTIDIANO PARA ADICTOS A LA PASTA BASE, en el cual se les brinde asistencia medica, apoyo sicológico, entrenamiento físico, adiestramiento laboral, asistencia legal, etc.
B) APOYO DEL M.S.P. PARA LA INSTALACIÓN DE UNA O.N.G DENOMINADA ”P.A.”, fundada sobre bases similares a Alcohólicos Anónimos destinada a respaldar a los adictos a la pasta base que quieran recuperar su independencia, a la que proporcionará local, línea telefónica y computadora para iniciar sus actividades.
C) FUNDACIÓN DEL CENTRO DE INTERNACIÓN PARA ADICTOS A LA PASTA BASE, ALUCINÓGENOS Y DROGAS DURAS, a los efectos de favorecer su desintoxicación, atendiendo los efectos secundarios de la abstinencia.
11.- LEY QUE DISPONGA QUE LOS DISTRIBUIDORES DE PASTA BASE, A CUALQUIER NIVEL INCURRIRÁN EN LOS DELITOS DE ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR (art.150 del C. Penal) Y COMERCIALIZACIÓN O VENTA DE SUBSTANCIAS PELIGROSAS PARA LA SALUD (art.220 del C. Penal).
12.- TRASLADO TRANSITORIO DEL SANATORIO DEL BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO AL EDIFICIO CENTRAL DE DICHO BANCO, previa adaptación de la zona que se destine al efecto, para permitir el reciclaje y remodelación del actual sanatorio. Cumplida esta etapa, se volverán a instalar los servicios médicos, reservando la zona utilizada del edificio central para ampliación de los mismos.
TURISMO
1.- DESARROLLO DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE TURISMO, con participación de la actividad privada vinculada con la industria turística, con el fin de coordinar la política nacional en la materia, efectuando la promoción debida, en forma conjunta.
2.- CREACIÓN DE LAS COMISIONES DELEGADAS DEPARTAMENTALES, ZONALES O LOCALES DE TURISMO, también con la participación de la actividad privada a fin de organizar y coordinar los eventos turísticos en su área de influencia y promover los atractivos turísticos a nivel local.
3.- FOMENTO DE LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS BÁSICAS, EN ZONAS INEXPLOTADAS o subexplotadas tales como Valle Edén, Quebrada de los Cuervos, Sierra de la Aurora, Isla Gorriti, etc. mediante exoneraciones impositivas, tarifas especiales de servicios públicos estatales, reducciones de aportes de previsión social, etc.
4.- APOYO ESPECIAL A LOS ESFUERZOS PRIVADOS PARA LA RECUPERACIÓN DE “VILLA SERRANA” Y PARA EL DESARROLLO DE LAS NUEVAS ZONAS TERMALES DEL LITORAL, a fin de crear focos de interés turístico que permitan extender la temporada mas allá de sus límites actuales.
5.- INSTALACIÓN DE TERMINALES TURÍSTICAS EN LAS CERCANÍAS DE LOS PUENTES INTERNACIONALES EN RÍO NEGRO, PAYSANDÚ Y SALTO que cuenten con paradores, moteles, piscinas, campos deportivos, centros de recreo, casinos, etc.
6.- AMPLIACIÓN DE LAS OBRAS DE LA ZONA HISTÓRICA DE LA CIUDAD DE COLONIA Y RECUPERACIÓN DEL FRONTÓN DE PELOTA Y PLAZA DE TOROS DEL “REAL DE SAN CARLOS”, destinándolos a Centro de exposiciones y conferencias y de espectáculos culturales y deportivos, respectivamente.
7.- CREACIÓN DE LA TARJETA DE DESCUENTO TURÍSTICO, emitida y administrada por el Departamento de Crédito Social del B.R.O.U., válida por 30 días o fracción, que permita a los turistas que la adquieran -acreditando su condición de modestos empleados, obreros o estudiantes en nuestro país o en su país de origen- obtener descuentos especiales en los comercios o servicios adheridos.
8.- CELEBRAR ACUERDOS CON LOS PAÍSES LATINOAMERICANOS, ESPECIALMENTE LOS DEL CONO SUR, a fin de permitir el libre tránsito turístico de los ciudadanos de los mismos, establecer convenios de reciprocidad y efectuar promociones conjuntas de la zona fuera del Continente.
9.- CREAR EN LA ÓRBITA DEL CONSEJO DE ENSEÑANZA TÉCNICA PROFESIONAL LA ESCUELA NACIONAL DE TURISMO a fin de preparar personal idóneo para la Industria Turística, la cual expedirá licenciaturas en administración hotelera, gastronomía, promotor, guía turístico, entre otras. La Escuela instalará filiales en todos los departamentos del país, con cursos especializados referentes a cada uno de ellos.
10.- PLANIFICAR EN COORDINACIÓN CON LAS RESPECTIVAS INTENDENCIAS MUNICIPALES EL DESARROLLO DE LAS ZONAS BALNEARIAS Y DE INTERÉS TURÍSTICO, estableciendo sistemas de limpieza, cuidando la pureza de las aguas, protegiendo la erosión de las arenas, reconstruyendo y manteniendo instalaciones y edificios, fomentando el desarrollo de los servicios al usuario, etc.
11.- PLANIFICAR, PROMOVER, DESARROLLAR Y CONCEDER LA EXPLOTACIÓN TURÍSTICA de algunas de nuestras islas del Río Uruguay y de los balnearios subexplotados del Litoral.
12.- INSTITUIR EN EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y OBRAS PÚBLICAS LA DIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO, RECONSTRUCCIÓN Y RECICLADO DE EDIFICIOS PÚBLICOS Y CONSTRUCCIONES HISTÓRICAS, la que actuará, en colaboración con los demás ministerios y las Intendencias Municipales, para proteger, mantener, reformar, reciclar o reconstruir edificios públicos o construcciones históricas, para constituirlos en elementos de atracción turística.
13.- INMEDIATA ATENCIÓN A LA RECUPERACIÓN DE LA CASA DEL BRIG. GRAL. JUAN ANTONIO LAVALLEJA, ESTACIÓN CENTRAL GRAL. JOSÉ ARTIGAS Y AL APOSTADERO NAVAL EN MONTEVIDEO, a fin de evitar su grave y acelerado deterioro, procediendo a su mantenimiento y adjudicándoles destino, que contribuya al desarrollo urbano y social de sus entornos.
14.- ORGANIZACIÓN Y DIFUSIÓN INTERNACIONAL DE SAFARIS DE CAZA DEL JABALÍ, considerado pieza de caza mayor y declarado plaga nacional en nuestro país, lo que puede generar una corriente turística muy importante, en atención a los escasos lugares en el mundo en que se autoriza la caza de piezas mayores, permitiendo ingresos excepcionales por la estadía de los cazadores, los servicios que se le brinden y los altos derechos por los permisos de caza de este tipo.
ORGANIZACIÓN PARTIDARIA
1.- DEROGACIÓN INMEDIATA DE NORMAS DE LA ACTUAL CARTA ORGÁNICA QUE CONSPIRAN CONTRA PRINCIPIOS PARTIDARIOS, O CONSTITUYEN ERRORES JURÍDICOS INADMISIBLES, como la constitución de sectores corporativos o la invención de ciudadanos menores de 18 años.
2.- ELABORACIÓN INMEDIATA DE UNA NUEVA CARTA ORGÁNICA, QUE MÍNIMAMENTE DISPONGA:
A) La prohibición, para quienes ocupen cargos de gobierno -electivos o designados- en representación del Partido, de ocupar cargos en los órganos ejecutivos partidarios.
B) Establecer que, quienes ocupen cargos de gobierno electivos o designados en representación del partido, serán considerados convencionales natos mientras ocupen esos cargos, sumándose a los convencionales electos. Si ya hubieran sido electos en tal carácter, sus suplentes ocuparán el cargo normal, mientras ellos cumplan funciones de gobierno.
C) Determinar claramente que los afiliados menores de 18 años, no podrán integrar los órganos del Partido.
D) Simplificar la multiplicidad de órganos actualmente previstos, priorizando la participación ciudadana en los ámbitos de decisión.
E) Transformar la denominada Comisión Asesora de Ética y Conducta Política, en Tribunal de Ética y Conducta, con facultades decisorias, recurribles ante la Convención Nacional.
F) Eliminar la denominada Comisión de Evaluación.
G) Eliminar como órganos partidarios los correspondientes a jóvenes y mujeres a fin de integrarlos a la participación en los órganos decisorios reales.
3.- PROPULSAR UNA MASIVA CAMPAÑA DE AFILIACIÓN AL PARTIDO, de manera de vincular efectivamente a los simpatizantes al mismo, estableciendo una cuota mensual simbólica mínima de $ 10., sin perjuicio de que el afiliado abone una cuota mayor, a su voluntad.
4.- ESTABLECER CASAS DEL PARTIDO ZONALES, EN TODO EL PAÍS, que funcionen como Centros de Actividad, con carácter permanente, en las cuales puedan reunirse grupos de militantes o adherentes de todos los sectores existentes o de los que se pretendan crear. Se procurará que las Casas del Partido Zonales, desarrollen, además, actividades de interés público, tales como cursos de enseñanza, ciclos de charlas o conferencias, exhibiciones, exposiciones, espectáculos culturales, etc., a fin de atraer a los vecinos de su área de influencia.